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Nacionales
Ministro de Gobierno advierte que no permitirá suspensión de vías en la Amazonía

Ante las amenazas del presidente de la Federación Shuar, Jose Acacho, de paralizar al sector shuar en la Amazonía ecuatoriana, si no se revé la Resolución No. 440-16 Conatel, que da por terminado la concesión de la radio La Voz de Arútam, el ministro de Gobierno, Gustavo Jalkh recordó que la Constitución prohíbe la suspensión de servicios públicos y el cierre de vías, por lo que esas acciones serían inconstitucionales e ilegales.

Martes 29 Diciembre 2009 | 08:57

“La Policía Nacional tiene la obligación de garantizar el orden público y tomar las medidas, dentro de los procedimientos adecuados que garanticen la permanencia y continuidad de los servicios públicos y la libre circulación en la vías públicas, que nadie tiene derecho a cerrar, ni siquiera a pretexto de defender sus derechos individuales o corporativos; por lo que si alguien considera que algún Derecho le ha sido vulnerado, debe acudir ante las instancias judiciales pertinentes para que allí sea atendido y en justicia, se determine cuál es el Derecho al que puede asistirse; pero nadie tiene derecho a cerrar las vías del país”, recalcó Yalkh.
Y es que  Acacho realizó la amenaza de paralizar la amenaza las hizo en el marco de protesta  contra el  retiro de la concesión de la Radio, pues considera que el Gobierno es el responsable del cierre de la Radio.
En ese sentido, Acacho señaló de que  “hay una clara evidencia de persecución política hacia el movimiento indígena y hacia la Federación Shuar”; sin embargo, la radio fue sancionada por la Superintedencia de Telecomunicaciones en aplicación a las reformas legales realizadas al Art. 58 y al Art. 67 de la Ley de Radio Difusión y Televisión del  7 de noviembre de 2002 y publicadas en el Registro Oficial 699.

 Cabe recordar que el el artículo 58 prohíbe a las estaciones de radiodifusión y televisión:
c) Promover la violencia física o psicológica, utilizando niños, mujeres, jóvenes o ancianos, incentivar, realizar o motivar el racismo, el comercio sexual, la pornografía, el consumo de drogas, la intolerancia religiosa o política y otros actos análogos que afecten a la dignidad del ser humano;

Mientras que el artículo 67, determina que la concesión de un canal o frecuencia para la instalación y funcionamiento de una estación de radiodifusión y televisión, termina por:

j) Por incumplimiento al literal c) del artículo 58 de la Ley de Radiodifusión y Televisión.

El proceso de reversión de la concesión inició mediante Resolución No. 302-13-CONATEL-2009 de 05 de octubre de 2009, luego de lo cual, la estación tuvo 30 días para presentar su defensa, como en efecto ocurrió, y posteriormente emitió la Resolución No. 440-16-CONATEL-2009 de 17 de diciembre de 2009 con la que se da por terminado la concesión.

Se debe recordar que la Radio hizo el llamado para que se den manifestaciones en contra de la Ley de Aguas y de la Ley de Minería, razón por la cual, indígenas shuar participaron en acciones violentas en Morona Santiago y de las cuales resultó muerto, por el impacto de un perdigón de escopeta, el profesor Bosco Wizuma.

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