Noboa propone Castración Química: ¿Solución o violación de Derechos Humanos?

El presidente Daniel Noboa propone una reforma constitucional para aplicar castración química a violadores en Ecuador, generando debate sobre derechos humanos y eficacia.
Noboa propone Castración Química ¿Solución o violación de Derechos Humanos
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Sandro Muñoz

Redacción ED.

Sandro Muñoz

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Nació en el cantón Rocafuerte el 15 de marzo de 1972. Obtuvo el título de licenciado en comunicac... Ver más

, EN pEl presidente de Ecuador, Daniel Noboa, envió el 11 de julio de 2025 a la Corte Constitucional una reforma para implementar la castración química como sanción a violadores, con el objetivo de endurecer penas por delitos sexuales en el contexto de una crisis de seguridad.

Contexto de la propuesta de castración química

El 11 de julio de 2025, el presidente Daniel Noboa anunció en su cuenta de X el envío de una reforma constitucional parcial a la Corte Constitucional para incorporar la castración química como sanción para personas condenadas por delitos sexuales, junto con penas de prisión. La propuesta surge tras la denuncia contra el asambleísta Santiago Díaz por presunta violación a una menor, un caso que ha generado indignación pública. La reforma busca modificar el artículo 393 de la Constitución para fortalecer medidas contra la violencia sexual. Según el Ejecutivo, entre 2014 y mayo de 2025, se registraron 71.270 procesos judiciales por delitos sexuales, de los cuales el 22% involucraron a menores.

Marco legal y proceso legislativo

La reforma debe ser calificada por la Corte Constitucional, que determinará su admisibilidad y la vía de trámite, según el artículo 442 de la Constitución ecuatoriana. Si se aprueba, pasará a la Asamblea Nacional, donde requerirá 77 votos afirmativos en dos debates. Posteriormente, podría someterse a un referéndum para su ratificación. El presidente de la Asamblea, Niels Olsen, expresó su respaldo a medidas que combatan la impunidad. La propuesta también incluye un registro reservado de condenados por violación para evitar su vinculación con menores.

Castración química: Definición y uso global

La castración química es un tratamiento médico reversible que utiliza fármacos antiandrogénicos, como el acetato de medroxiprogesterona, para reducir los niveles de testosterona y la libido. Se aplica en países como Indonesia, **Polonia locality: Corea del Sur, Polonia, y algunos estados de EE.UU. (como California y Florida) como medida punitiva o preventiva para delitos sexuales. En Ecuador, el proyecto busca implementarla como sanción adicional a las penas de 19 a 22 años de prisión establecidas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Críticas de organismos internacionales

Organismos como Amnistía Internacional y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han criticado la castración química como castigo. La CIDH señaló en 2022 que su aplicación obligatoria viola el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), que protege la integridad física, psíquica y moral, al considerarla un trato cruel, inhumano y degradante. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), en su artículo 7, y la Declaración Universal de los Derechos Humanos refuerzan esta postura, prohibiendo penas que comprometan la dignidad humana.

Impactos físicos y psicológicos de la castración química

La castración química puede causar efectos secundarios graves, como depresión, osteoporosis, diabetes, ginecomastia, y riesgos cardiovasculares, según un informe de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) en 2018. La Codhem también destacó la falta de evidencia científica sobre su eficacia para prevenir la reincidencia, ya que los factores psicológicos de los delitos sexuales persisten. En Puerto Rico, un análisis de 2023 del proyecto PC 1658 señaló que la medida obligatoria viola el principio de proporcionalidad penal y el derecho a la integridad corporal.

Debates éticos y legales

En Colombia, la Corte Constitucional (sentencia T-573 de 2016) estableció que intervenciones médicas deben ser voluntarias y respetar la autonomía. Un proyecto similar en 2022, en Perú, fue rechazado por violar tratados internacionales, según el IDEHPUCP. En México, la Codhem calificó la medida como una barbarie en 2018, argumentando que contraviene el artículo 22 de la Constitución, que prohíbe penas crueles. En 2016, el Relator Especial de Naciones Unidas criticó su uso forzoso en Indonesia, instando a ajustar la legislación al PIDCP y la Convención contra la Tortura.

Perspectivas globales

Organismos internacionales insisten en que la castración química debe ser voluntaria y acompañada de terapia psicológica, no aplicada como castigo. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Ceasar vs. Trinidad y Tobago, determinó que las penas corporales, como los azotes, son incompatibles con la CADH por violar el derecho a la integridad personal. La falta de evidencia sobre la eficacia de la castración química y sus impactos físicos y psicológicos alimentan el debate ético y legal en Ecuador y el mundo.

Reacciones y contexto local

La propuesta de Noboa ha generado reacciones divididas. En redes sociales, algunos usuarios la consideran una medida necesaria ante los 7.023 casos de violencia sexual en el sistema educativo reportados por la Fiscalía General del Estado. Otros la critican por no abordar las causas estructurales de la violencia y por posibles violaciones a los derechos humanos. La reforma, si avanza, marcaría a Ecuador como el primer país de América Latina en implementar la castración química constitucionalmente.

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