La Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional, presidida por la asambleísta Lucía Jaramillo, recibió a la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME). El encuentro tuvo lugar en el marco del tratamiento del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
¿El objetivo? Conocer la postura de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) sobre las responsabilidades que les asigna la normativa, específicamente los artículos 165 y 166. La presidenta de la comisión, Lucía Jaramillo, destacó la importancia de escuchar las propuestas de los territorios para fortalecer la corresponsabilidad entre los distintos niveles de gobierno.
Revisión de la normativa vigente
Karín Jaramillo, directora nacional de Asesoría Jurídica de AME, subrayó que los gobiernos locales han trabajado en la inclusión de la movilidad humana en sus políticas públicas mediante los planes de ordenamiento territorial. Sin embargo, advirtió que la actual ley presenta limitaciones, ya que se elaboró sin considerar la realidad operativa y jurídica de los GAD.
Jaramillo señaló que la principal herramienta para la integración de las personas en situación de movilidad son los planes de ordenamiento territorial. No obstante, la normativa no contempló la planificación territorial de los municipios ni los principios constitucionales que regulan la asignación de competencias.
La vocera de la AME citó el artículo 4 de la Ley de Movilidad Humana, el cual asigna competencias a los gobiernos locales, sin tomar en cuenta los preceptos del artículo 298 de la Constitución. Este artículo prohíbe la creación de nuevas asignaciones presupuestarias sin financiamiento. Además, mencionó el artículo 425 que establece la prelación normativa del Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD).
Competencias y financiamiento
“Las competencias deben ir acompañadas de recursos, según lo establecen los artículos 105 y 107 del COOTAD. No se puede transferir responsabilidades a los gobiernos locales sin garantizar financiamiento, personal técnico y soporte tecnológico”, enfatizó Jaramillo.
Agregó que una acción así, además de ser inconstitucional, resulta inviable para los municipios. La directiva subrayó que cualquier reforma a la Ley de Movilidad Humana debe respetar el modelo de descentralización vigente en el país. El propósito es garantizar la equidad territorial, la sostenibilidad y la claridad en la distribución de funciones. De esta manera, se evitará afectar la capacidad de los GAD en la atención integral a la población migrante.