El juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Lauro Javier de la Cadena, notificó este miércoles 22 de abril de 2026 al asambleísta y coordinador de la bancada de la Revolución Ciudadana, Juan Andrés González, para que comparezca y ejerza su derecho a la defensa. Esta citación responde al proceso penal iniciado por una querella presentada por la legisladora de Acción Democrática Nacional (ADN), Naila Quintana, quien acusa al legislador del presunto delito de calumnia.
La notificación oficial fue emitida a través de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ. Este desarrollo procesal se origina tras la querella presentada por Quintana el pasado 17 de diciembre de 2025, motivada por declaraciones públicas realizadas por González el 10 de diciembre del mismo año, durante una rueda de prensa en la que el asambleísta calificó a los integrantes de ADN como "terroristas".
Antecedentes y situación legislativa
El proceso judicial avanzó después de que la Asamblea Nacional no se pronunciara dentro del plazo legal de 30 días respecto al pedido de autorización para el enjuiciamiento penal del querellado. Al agotarse dicho tiempo sin una resolución por parte del Legislativo, la justicia ordinaria tomó competencia para tramitar la causa contra el asambleísta González.
Por su parte, el legislador confirmó haber recibido la notificación y calificó el proceso como una "persecución en su contra". Durante sus declaraciones, González sostuvo que, en su calidad de coordinador de bancada, debe atender frecuentemente requerimientos judiciales que, a su criterio, desgastan la función pública. El asambleísta afirmó que asume el proceso con responsabilidad y no descartó presentar una apelación, siguiendo las sugerencias de sus asesores legales. Asimismo, precisó que durante su reciente ausencia del país, sus funciones fueron asumidas por su asambleísta alterna, Katy Pucha.
Pretensiones de la parte querellante
En el documento de la querella, la legisladora Naila Quintana ha detallado medidas de reparación integral. Entre las solicitudes presentadas ante el juez, se incluye el pago de $ 50.000 por parte del querellado, así como la disposición de tratamiento médico y psicológico. Adicionalmente, se requiere una carta de disculpas públicas, la implementación de programas educativos y medidas de protección, tales como la prohibición de aproximación o comunicación directa entre el legislador y la parte afectada o sus familiares.
Este litigio se fundamenta en el artículo 182 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual tipifica el delito de calumnia. Según la norma, la persona que realice una falsa imputación de un delito contra otra será sancionada con una pena privativa de libertad que oscila entre los seis meses y los dos años. El caso se encuentra ahora en una etapa donde la defensa deberá presentar sus descargos ante el juez competente.
Próximos pasos en el proceso penal
La Corte Nacional de Justicia continuará con las etapas procesales correspondientes, garantizando el derecho al debido proceso para ambas partes involucradas. La defensa de González ha indicado que analizará la estrategia jurídica a seguir para responder a las acusaciones de Quintana.