El presidente Daniel Noboa firmó este miércoles un nuevo Decreto Ejecutivo, el 113, que introduce reformas significativas en el marco regulatorio del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Con esta medida, el Ejecutivo busca mejorar la gestión de los proyectos de inversión y asegurar una mayor eficiencia en el uso de los recursos del Estado. Se trata de una adecuación necesaria ante los requerimientos operativos de las entidades, la cual garantizará que los proyectos contribuyan al desarrollo del país.

La reforma sustituye el rrtículo 52 del reglamento , que ahora establece que el ente rector de la planificación nacional elaborará el Plan Anual y Plurianual de Inversiones en coordinación con las instituciones ejecutoras y el Ministerio de Economía y Finanzas. Los planes tomarán en cuenta la optimización y calidad del gasto, además del principio de sostenibilidad fiscal.

Otro cambio importante es la incorporación del artículo 52.1, que regula las modificaciones al Plan Anual y Plurianual de Inversiones . Ahora, los cambios deben ser autorizados por el ente rector de la planificación y el ente rector de las finanzas públicas. Las instituciones ejecutoras deben justificar la necesidad del cambio y su impacto presupuestario .

Otro artículo eliminado

El Decreto 113, emitido por el Presidente Daniel Noboa, también elimina el artículo 57. Este ajuste simplifica los procesos de planificación. También se reformó el Artículo 106, que detalla los casos en los que se puede solicitar la actualización del dictamen de prioridad o aprobación de un proyecto.

Los proyectos pueden actualizarse para modificar su monto priorizado , reprogramar el plazo de ejecución, cumplir con convenios internacionales, o ajustar componentes sin alterar el monto global. Sin embargo, los objetivos de los programas de inversión pública no pueden ser modificados.

Disposición general del reciente decreto de Daniel Noboa

La reforma también añade una Disposición General que establece que el ente rector de la planificación nacional puede definir procedimientos para casos excepcionales relacionados con procesos legales y contractuales. Esto agiliza la gestión de proyectos de inversión pública .

Una Disposición Transitoria establece que las solicitudes de actualización que se encuentren en trámite continuarán procesándose bajo la normativa anterior. Esto garantiza una transición ordenada. Asimismo, el Decreto 113 deroga los Decretos Ejecutivos 878 de 2008 y 357 de 2010. Finalmente, el Decreto Ejecutivo 113 entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial, es decir, desde este miércoles 3 de septiembre de 2025.