El Presidente Daniel Noboa suscribió este 29 de enero de 2026 el Decreto Ejecutivo No. 295, mediante el cual se oficializa una reforma técnica al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Esta decisión se fundamenta en las atribuciones que le otorga la Constitución de la República, específicamente en su rol como responsable de la administración pública y jefe de Estado. El documento resalta la importancia de expedir las normas necesarias para la buena marcha de las instituciones, garantizando que los procesos estatales cumplan con criterios de transparencia y eficiencia administrativa en todo el territorio nacional.
Según el decreto, Daniel Noboa busca que las compras públicas prioricen la calidad y la responsabilidad en la adquisición de bienes y servicios esenciales. La reforma responde a la necesidad de contar con mecanismos ágiles para enfrentar los desafíos de seguridad interna y el orden público. Según el decreto, las operaciones estratégicas requieren una respuesta oportuna para asegurar que el personal militar y policial disponga de los recursos logísticos necesarios.
Inclusión de servicios logísticos en el Régimen Especial
La reforma planteada por Daniel Noboa introduce cambios significativos en el artículo 129 del reglamento, añadiendo literales que permiten la adquisición de servicios bajo un régimen de selectividad. El primer punto incorporado, el literal d), autoriza la compra de pasajes en cualquier medio de transporte para los agentes encargados de la protección de las principales autoridades del país. Esta medida aseguraría que la movilidad de los equipos de seguridad no se vea interrumpida por trámites burocráticos extensos, permitiendo un despliegue rápido de los servidores y operadores encargados de la custodia oficial.
Además, el decreto firmado por Daniel Noboa incluye el literal e), el cual regula la contratación de servicios de transporte terrestre, aéreo, marítimo o fluvial. Estos servicios son fundamentales para la ejecución de operaciones de inteligencia, control y respuesta inmediata ante amenazas detectadas por el Estado. La normativa especifica que estas contrataciones están destinadas exclusivamente a actividades de protección y vigilancia estratégica. Con esta adición, el marco legal se adapta a las realidades técnicas de las unidades de seguridad que operan en diversas regiones geográficas del Ecuador.
Abastecimiento de combustible y mantenimiento operativo
Un aspecto crítico abordado por Daniel Noboa es la adquisición de insumos energéticos para la maquinaria estatal de seguridad. El nuevo literal f) del reglamento permite la compra directa de combustibles, lubricantes y otros derivados necesarios para la marcha de los medios de transporte oficiales. Esta disposición es vital para que los vehículos, aeronaves y embarcaciones de las fuerzas del orden mantengan su capacidad de patrullaje constante. La logística de las operaciones de defensa nacional depende de este suministro continuo para evitar paralizaciones en las misiones de control fronterizo o vigilancia interna.
La reforma impulsada por Daniel Noboa beneficia directamente a las instituciones encargadas de la seguridad ciudadana y la rehabilitación social. Entre las entidades que aplicarán estos nuevos procedimientos se encuentran las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI). El objetivo primordial es asegurar que estos organismos cuenten con los recursos necesarios para mantener el orden dentro y fuera de los centros penitenciarios, utilizando una infraestructura logística moderna y bien abastecida.
Confidencialidad y reserva en los procesos de contratación
El presidente Daniel Noboa ha ratificado que los trámites realizados bajo este régimen especial mantendrán absoluta confidencialidad y reserva. De acuerdo con la ley, estos procesos no serán publicados en el Portal de Contratación Pública para salvaguardar la información sensible del Estado. Esta medida busca proteger los planes de seguridad y evitar que datos críticos sobre el movimiento de autoridades o tropas sean divulgados de forma pública. La normativa es clara en señalar que el sigilo es una condición indispensable para el éxito de las operaciones de inteligencia y defensa.
Asimismo, el decreto de Daniel Noboa establece que todos los proveedores y contratistas que participen en estos procesos deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad. El uso indebido de la información calificada como reservada será sancionado conforme a lo estipulado en la normativa vigente. En caso de que la entidad contratante necesite utilizar medios de comunicación para alguna fase del proceso, deberá aplicar las salvaguardas necesarias para evitar filtraciones. Este esquema de protección de datos asegura que la contratación pública no comprometa la integridad de los bienes estratégicos del país.
Mecanismos de control interno y vigencia legal
Dentro de las disposiciones generales, Daniel Noboa ordenó que las entidades contratantes establezcan mecanismos internos de control rigurosos. Cada institución deberá mantener un archivo reservado con toda la documentación generada durante los procesos de adquisición bajo este régimen. Este manejo documental debe alinearse estrictamente con las directrices emitidas por los organismos de control del Estado, como la Contraloría. Se busca un equilibrio entre la reserva operativa y la rendición de cuentas, permitiendo que la documentación sea auditada de forma reservada por las autoridades competentes.
El documento suscrito por Daniel Noboa en el Palacio Nacional de Quito confirma que la reforma entra en vigencia inmediatamente. Con la publicación en el Registro Oficial, todas las entidades del sector seguridad podrán aplicar estos nuevos parámetros para sus compras de emergencia o estratégicas. La firma del mandatario cierra un proceso de actualización normativa que busca dotar al país de herramientas modernas para la gestión de crisis. De esta manera, el Gobierno Nacional reafirma su compromiso con el fortalecimiento del sistema de contratación estatal en beneficio de la paz ciudadana.