Consejo de la Judicatura amplía competencia judicial para delitos vinculados al conflicto armado interno

El Consejo de la Judicatura amplió la competencia judicial para delitos vinculados al conflicto armado interno, tras reformas en aplicación de la Ley de Solidaridad Nacional.

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Jueces podrán procesar a miembros de grupos armados tras nueva reforma penal
Jueces podrán procesar a miembros de grupos armados tras nueva reforma penal

Gabriela Mantuano

Redacción ED.

Gabriela Mantuano

Redacción ED.

Nací en Manta, Manabí, el 24 de julio de 1989. Licenciada en Ciencias de la Comunicación en la UL... Ver más

El Consejo de la Judicatura (CJ) reformó el 23 de julio dos resoluciones clave para ampliar la competencia de los jueces especializados en corrupción y crimen organizado, quienes ahora también podrán conocer y juzgar delitos cometidos en el marco del conflicto armado interno, conforme a lo dispuesto en la Ley de Solidaridad Nacional, vigente desde el 10 de junio de 2025.

Los cambios normativos del Consejo de la Judicatura para enfrentar nuevos delitos

Durante la sesión del 23 de julio, el CJ resolvió modificar los anexos de las resoluciones 190-2021 y 061-2022, con el fin de incluir nuevos tipos penales establecidos en la reciente reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP). La reforma fue introducida mediante la Ley de Solidaridad Nacional, una normativa de carácter económico urgente enviada por el Ejecutivo y aprobada por la Asamblea Nacional.

Uno de los principales cambios es la incorporación de la figura penal denominada “pertenencia a grupo armado organizado del conflicto armado interno”, que ahora será competencia de la Unidad, Tribunal y Sala Especializadas en Delitos de Corrupción y Crimen Organizado. Esta nueva tipificación penal aparece también en el reglamento de la Ley, emitido a través del Decreto Ejecutivo N.º 54.

Según explicó el organismo judicial, estos ajustes buscan garantizar la aplicación efectiva de la ley y una respuesta judicial especializada frente a las amenazas generadas por organizaciones armadas ilegales en el contexto del conflicto armado interno.

Una nueva figura penal y sus sanciones

La Ley de Solidaridad Nacional reformó el artículo 139 del COIP, incorporando el artículo 139.1, que tipifica de forma expresa la pertenencia a un grupo armado organizado en contexto de conflicto armado interno. Esta norma establece tres tipos de participación y sus respectivas sanciones:

  • Pertenencia directa o indirecta al grupo armado: pena de 22 a 26 años de prisión.
  • Rol de dirección, planificación o financiamiento: pena de 26 a 30 años de prisión.
  • Colaboradores externos permanentes o esporádicos: pena de 20 a 26 años de prisión.

La normativa exige que los grupos armados estén previamente identificados por el Estado, y establece que la sanción se aplique únicamente durante la existencia de un conflicto armado interno, según lo determinado por las autoridades competentes.

Delitos conexos y jurisdicción especializada

Además de la nueva figura penal, la Ley de Solidaridad incorporó al COIP un listado de 25 delitos conexos que también serán conocidos por los jueces especializados en crimen organizado y corrupción. Entre ellos constan:

  • Enriquecimiento ilícito
  • Enriquecimiento privado no justificado
  • Lavado de activos
  • Tráfico de influencias
  • Testaferrismo
  • Otros delitos que se relacionen con la operación de grupos armados organizados

El Consejo de la Judicatura aclaró que esta ampliación de competencias permitirá mayor eficiencia en el juzgamiento de estructuras delictivas complejas que operan en el marco del conflicto interno, integrando funciones de justicia que hasta ahora estaban dispersas entre distintas jurisdicciones.

Implicaciones jurídicas y operativas

Con estas reformas, los jueces que integran las unidades especializadas deberán capacitarse en el tratamiento de delitos relacionados con conflictos armados internos, en coordinación con la Fiscalía General del Estado y otras entidades competentes. El Consejo de la Judicatura anunció que se emitirán lineamientos operativos y técnicos para garantizar la aplicación uniforme de estas normas a escala nacional.

El Sistema Judicial ecuatoriano, que ya contaba con tribunales especializados en la lucha contra el crimen organizado, ahora incorpora también competencias orientadas a combatir la violencia estructurada derivada del conflicto armado interno, en un esfuerzo por enfrentar con mayor eficacia la inseguridad y el accionar de grupos irregulares.

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