El Tribunal Segundo de Garantías Penales de Cañar condenó a Segundo Juan A. a 19 años de privación de libertad por el delito de violación contra una mujer de 31 años con discapacidad intelectual del 60 %, perpetrado el 2 de octubre de 2024 en la comunidad La Tranca, en la provincia de Cañar. El fallo incluye también una multa y tratamiento psicológico como parte de la reparación integral a la víctima.
Fiscalía probó agresión sexual con testigos y peritajes
Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía General del Estado presentó diversas pruebas que permitieron establecer la responsabilidad penal del procesado. Según la investigación, la víctima se dirigía a sus actividades de ganadería cuando fue interceptada sorpresivamente por el agresor, quien la tomó por la fuerza y la condujo a su vivienda, ubicada a pocos metros del sitio.
Allí, según los informes periciales y testimoniales, fue violentada sexualmente. Una vecina del sector presenció el momento en que la víctima era obligada a entrar en la casa del imputado, por lo que alertó de inmediato a los hermanos de la víctima, quienes denunciaron los hechos a la Policía.
La mujer fue llevada a un hospital cercano, donde se le brindó atención médica inmediata, y posteriormente recibió acompañamiento psicológico especializado.
Condena incluye medidas de reparación para la víctima con discapacidad
El tribunal determinó una pena de 19 años de cárcel, además de una multa de 40 salarios básicos unificados (equivalente a aproximadamente 18.400 dólares en 2025) y ordenó que la víctima continúe con tratamiento psicológico en un centro de salud público.
Durante el proceso, se presentaron los testimonios del personal médico tratante, una perita psicóloga forense, el médico legista que analizó la historia clínica, y un agente de Criminalística que confirmó la existencia de indicios forenses que vinculan directamente al agresor con el hecho.
La sentencia se ampara en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con una pena de 19 a 22 años de prisión cuando existen agravantes como la discapacidad de la víctima.
El caso refuerza necesidad de protección a grupos vulnerables
Este caso ha vuelto a poner en evidencia los riesgos que enfrentan las personas con discapacidad, especialmente en zonas rurales donde el acceso a mecanismos de protección y denuncia puede ser limitado. La sentencia representa un precedente judicial en materia de justicia para víctimas en situación de vulnerabilidad agravada.
Organismos judiciales y de derechos humanos han resaltado la importancia de garantizar una atención integral y continua, así como de fortalecer la prevención de violencia sexual mediante políticas públicas focalizadas y redes comunitarias de protección.
El proceso judicial fue llevado conforme al debido proceso y contó con la intervención de personal técnico forense especializado, lo que permitió una resolución basada en evidencia objetiva y verificable. (12)