Aprueban el informe final para el proyecto de ley de las personas con discapacidad

El pleno de la asamblea había dispuesto que el proyecto regrese a la Comisión Garantías Constitucionales y Derechos Colectivos.

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Foto/ Asamblea Nacional. El texto del informe final fue aprobado por los ocho asambleístas presentes.
Foto/ Asamblea Nacional. El texto del informe final fue aprobado por los ocho asambleístas presentes.
Foto/ Asamblea Nacional. El texto del informe final fue aprobado por los ocho asambleístas presentes.

Carlos Sánchez

Redacción ED.

Carlos Sánchez

Redacción ED.

Nació en Jipijapa - Manabí, en 1984. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, con una trayector... Ver más

La Comisión de Garantías Constitucionales y Derechos Colectivos, aprobó el texto final del informe no vinculante, respecto a la objeción parcial por inconveniencia e inconstitucionalidad al Proyecto de Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad.

Esta comisión es presidida por el asambleísta manabita Jaime Estrada. La aprobación del texto fue por unanimidad de los ocho asambleístas presentes.

De acuerdo a un comunicado de la Asamblea Nacional, esto ocurrió luego de que, el pasado 11 de junio, el pleno de la asamblea dispusiera que el proyecto regrese a la comisión. La finalidad, fue armonizar su articulado con el dictamen de la Corte Constitucional, en relación con la objeción parcial por inconstitucionalidad.

Comisión recomienda ratificar varios artículos

La Comisión recomienda al Pleno de la Asamblea ratificarse en los artículos 56, 66, 99 y 106, cuya objeción fue declarada improcedente por la Corte Constitucional. Asimismo, sugiere aceptar las enmiendas realizadas a los artículos 60, 92, 104 y 105, donde la objeción fue declarada procedente, de conformidad con lo establecido en el dictamen 1-25-OP/25 emitido por la Corte.

En tal sentido, la comisión procede a realizar las enmiendas dispuestas por el organismo constitucional.

Sobre el artículo 92, se establece que la importación o compra de vehículos para uso de personas con discapacidad. La compra es previa solicitud de las personas con discapacidad o de las personas que legalmente las tengan bajo su protección o cuidado.

La importación de vehículos estarán exentas del pago de tributos al comercio exterior, del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), según corresponda, con excepción de las tasas portuarias y de almacenaje, en determinados casos.

Proyecto establece importación de bienes

En cuanto a la importación de bienes, se determina que las personas con discapacidad y las personas jurídicas encargadas de su atención podrán importar bienes para su uso exclusivo. La importación de estos artículos estarán exentos del pago de tributos al comercio exterior, del IVA y del ICE, conforme a la siguiente clasificación:

  • Prótesis.
  • Órtesis.
  • Equipos, medicamentos y elementos necesarios para su rehabilitación.
  • Equipos, maquinarias y útiles de trabajo especialmente diseñados o adaptados para personas con discapacidad.
  • Elementos de ayuda para la accesibilidad, movilidad, cuidado, higiene, autonomía y seguridad.
  • Equipos y materiales pedagógicos especiales para educación, capacitación, deporte y recreación.

El asambleísta Roque Ordóñez, tras solicitar la lectura del informe no vinculante, presentó la moción para su aprobación.

El nuevo informe será conocido y debatido por el Pleno de la Asamblea Nacional. Los asambleístas deberán decidir si aceptan las enmiendas sugeridas.

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