El presidente Daniel Noboa envió a la Asamblea Nacional su cuarto proyecto de ley económica urgente, esta vez con dos ejes clave. Más controles sobre fundaciones y organizaciones sin fines de lucro, y la creación de un nuevo impuesto sobre las utilidades y dividendos que reparten las empresas. Esto aplicará tanto a nivel nacional como internacional.
La iniciativa, titulada Proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, fue remitida el pasado 29 de julio y deberá ser tramitada en 30 días.
¿Qué plantea la reforma en materia tributaria?
Uno de los puntos más relevantes es que se considera ingreso gravado toda distribución de dividendos a cualquier beneficiario, sin importar si reside o no en Ecuador. La única excepción serán las distribuciones realizadas entre sociedades que tengan residencia fiscal en el país.
El texto detalla que las empresas deberán actuar como agentes de retención y retener el 100 % del impuesto causado en el momento en que decidan repartir utilidades, independientemente de cuándo se haga el pago efectivo.
Además, se aclara que la fecha oficial de la distribución corresponderá a lo establecido en el acta de la junta de accionistas o del órgano societario correspondiente.
“Este tipo de impuesto busca que las utilidades realmente paguen tributos en Ecuador, evitando que se distribuyan en el exterior sin contribuir al fisco. Es una medida para equilibrar la balanza fiscal”, explica el economista Fernando Pablo.
Tasas diferenciadas y reglas para evitar evasión
El proyecto incluye distintas tarifas según el caso:
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10 % de impuesto cuando los dividendos se paguen a no residentes.
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14 % si se verifica que en la cadena de propiedad aparece un residente en paraíso fiscal o si el beneficiario final del dividendo reside en Ecuador.
También se prevé sanciones para las empresas que no informen correctamente su composición societaria: en esos casos, se retendrá el impuesto al 14 %.
Otra medida es que los préstamos no comerciales otorgados a socios o partes relacionadas serán considerados como pago anticipado de dividendos. Esto obligará a la empresa a practicar la retención respectiva.
Exenciones parciales y dividendos del exterior
Para personas naturales residentes en Ecuador, la propuesta contempla una franja exenta de tres salarios básicos unificados por cada sociedad que reparta dividendos en un mismo periodo fiscal.
En cuanto a dividendos provenientes del extranjero, el proyecto indica que estos se sumarán a la renta global del contribuyente y tributarán conforme a la tabla progresiva o la tarifa vigente. En estos casos, se permitirá compensar el valor pagado en el país de origen hasta el límite del impuesto causado en Ecuador.
Control a fundaciones y sociedades sin fines de lucro
Más allá del impuesto a dividendos, el proyecto busca reforzar la vigilancia sobre fundaciones, ONG, corporaciones y otras entidades sin fines de lucro. La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria asumirá la supervisión, auditoría e intervención de estas organizaciones, siguiendo normas de transparencia y prevención de lavado de activos.
Se establecen como faltas graves el uso indebido de recursos, el desvío de fondos respecto a los fines declarados y el incumplimiento reiterado de obligaciones contables.
“El control a fundaciones y ONG responde a estándares internacionales de transparencia y prevención de lavado. La clave está en aplicar la ley sin frenar proyectos sociales legítimos”, opina el experto.
Un proyecto clave para la agenda económica
Esta iniciativa se suma a los tres proyectos económicos urgentes que ya tramitó la Asamblea en meses pasados. El Gobierno busca, con este nuevo texto, reducir riesgos de evasión fiscal. Además, arantizar mayor control sobre el dinero que circula en el país y reforzar la supervisión de entidades que manejan recursos privados.
La Comisión de Desarrollo Económico será la encargada de debatir la propuesta. Así como de abrir espacios de participación ciudadana y elaborar el informe respectivo para el primer debate en el pleno.