A Carlos Leodán S. V., exdirector y docente de una escuela en la parroquia Zumbi, cantón Centinela del Cóndor, lo sentenciado el 31 de marzo de 2025 a 25 años de cárcel. Esto por el delito de violación contra una niña de 9 años, perpetrado entre 2014 y 2016. La Fiscalía demostró que el condenado abusó de su autoridad para cometer los actos, que también involucraron a otra menor.
El Tribunal Penal de Centinela del Cóndor dictó una sentencia contundente contra Carlos Leodán S. V., quien por segunda vez enfrentó la justicia por crímenes sexuales cometidos en una escuela rural de Zumbi. La pena de 25 años de reclusión mayor especial, establecida en el antiguo Código Penal vigente hasta agosto de 2014, responde a la gravedad de los abusos perpetrados entre 2014 y 2016 contra una niña que, al inicio de las agresiones, tenía apenas 9 años.
Los actos se extendieron hasta que la víctima cumplió 11, marcados por un patrón sistemático de violencia sexual.
La Fiscalía, liderada por el fiscal del caso, presentó pruebas irrefutables que demostraron cómo el condenado, en su doble rol de director y docente, manipulaba su autoridad para someter a la menor. Según el alegato fiscal, Carlos Leodán S. V. obligaba a la niña a acudir a su oficina, donde proyectaba videos pornográficos como preludio a las violaciones.
Este espacio, supuestamente seguro dentro del plantel, se convirtió en el epicentro de los abusos que ocurrieron con una frecuencia de dos a tres veces por semana durante dos años.
La investigación también reveló que otra estudiante, testigo presencial de los hechos, fue igualmente víctima del mismo modus operandi. Por este caso, el procesado ya había sido condenado en diciembre de 2024 a 29 años y cuatro meses de prisión, la pena máxima agravada bajo el marco legal actual.
La segunda condena, resultado de una investigación iniciada de oficio por la Fiscalía en 2023, reafirma la magnitud de los crímenes cometidos bajo el amparo de su cargo.
Pruebas clave y testimonios
El peso de la acusación recayó en los testimonios anticipados de ambas víctimas, quienes detallaron con claridad el calvario vivido. Las menores relataron cómo el condenado usaba su posición para intimidarlas y perpetrar los abusos en la escuela de Zumbi, un entorno que debería haber sido un refugio educativo. Estos relatos fueron respaldados por un conjunto de peritajes especializados que consolidaron la acusación fiscal.
Una perita psicológica evaluó a la víctima principal, confirmando las secuelas emocionales profundas dejadas por el trauma. La médica legista aportó evidencia física de los abusos, mientras que la pericia de entorno social contextualizó las condiciones de vulnerabilidad en las que ocurrieron los hechos. Además, el reconocimiento del lugar de los hechos, realizado por un perito, corroboró la descripción de la oficina como el sitio donde se consumaron las violaciones.
A estas pruebas se sumaron otros testimonios técnicos que descartaron cualquier duda sobre la responsabilidad de Carlos Leodán S. V. El Tribunal, tras valorar el material presentado, no solo confirmó la culpabilidad, sino que destacó la necesidad de una sanción ejemplar ante la gravedad de los delitos y el abuso de poder involucrado.
Medidas de reparación y contexto legal
Además de la pena privativa de libertad, el Tribunal ordenó al condenado pagar 5.000 dólares como reparación integral a la víctima de esta segunda causa, una medida destinada a compensar parte del daño sufrido. Asimismo, dispuso que la menor reciba tratamiento psicológico especializado para abordar las secuelas de los abusos, reconociendo el impacto a largo plazo de estos crímenes en su vida.
La sentencia se enmarca en el anterior Código Penal, que establecía los 25 años como pena máxima agravada para casos de violación con agravantes, como la autoridad del agresor sobre la víctima. Aunque el Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente desde 2014, elevó las sanciones máximas —como se reflejó en la primera condena de 29 años y cuatro meses—, este caso se juzgó bajo la normativa aplicable al momento de los hechos, respetando el principio de legalidad.
En Ecuador, los delitos sexuales contra menores han sido un foco de atención en los últimos años. Según datos del Consejo de la Judicatura, entre 2020 y 2024 se registraron más de 3.500 sentencias por violación a nivel nacional, muchas de ellas vinculadas a contextos de abuso de poder en entornos escolares o familiares. En la provincia de Zamora Chinchipe, donde se encuentra Zumbi, las denuncias por violencia sexual han aumentado un 15% desde 2022.