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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) declaró responsable a Ecuador por violaciones a los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario (PIAV) y ordenó medidas de reparación.

Sentencia histórica sobre los pueblos Tagaeri y Taromenane, luego de que este jueves 13 de marzo de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) emitió un fallo que responsabiliza a Ecuador por la violación de los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario (PIAV), específicamente los Tagaeri y Taromenane, habitantes de la Amazonía ecuatoriana.

La sentencia concluye que el Estado no garantizó su protección frente a amenazas derivadas de la explotación petrolera y otros factores.

Decisión de la Corte y derechos vulnerados a los pueblos

Según el fallo, Ecuador violó los derechos de estos pueblos. Entre esos el derecho a la propiedad colectiva, libre determinación, vida digna, salud, alimentación, identidad cultural, ambiente sano, vivienda y garantías judiciales. Además, la Corte determinó que el Estado es responsable por la vulneración de los derechos de dos niñas indígenas, quienes fueron separadas de su comunidad tras un ataque en 2013.

En su resolución, el tribunal señaló que el gobierno ecuatoriano no adoptó medidas adecuadas para prevenir la violencia contra los PIAV, pese a conocer los riesgos existentes. Asimismo, destacó que las decisiones estatales sobre la explotación petrolera en la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT) ignoraron los derechos de estos pueblos.

Antecedentes del caso en Ecuador

En 1999, Ecuador creó la ZITT como un área protegida para los PIAV, prohibiendo cualquier tipo de actividad extractiva. Sin embargo, la delimitación oficial solo se concretó en 2007, incluyendo una zona de amortiguamiento de 10 kilómetros. A pesar de estas restricciones, el gobierno permitió actividades petroleras en los bloques 31 y 43, impulsando una consulta popular en 2023 que determinó la suspensión de la explotación en el bloque 43 (Yasuní ITT).

A lo largo de los años, se registraron múltiples ataques contra los PIAV. En 2003 y 2006, ocurrieron enfrentamientos con otros pueblos indígenas. En 2013, un grupo waorani atacó a un clan en aislamiento, dejando a dos niñas huérfanas. Según la Corte, Ecuador falló en garantizar su protección e integridad.

Medidas ordenadas por la Corte IDH

El fallo establece que Ecuador debe implementar acciones urgentes, incluyendo:

  • Cese de la explotación petrolera en el bloque 43, en cumplimiento con la consulta popular de 2023.
  • Creación de una comisión técnica para evaluar la situación de los PIAV y garantizar su protección.
  • Medidas de reparación para las niñas víctimas de la violencia de 2013, asegurando su bienestar y reunificación según su voluntad.
  • Reformas legislativas y administrativas para fortalecer la protección de los PIAV y su territorio.

Reacciones y consecuencias

El presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Leonidas Iza, calificó el fallo como un precedente clave en la defensa del Yasuní y los PIAV. Por su parte, el abogado David Cordero destacó que la Corte exige el cumplimiento de la consulta popular de 2023, lo que obliga al gobierno a detener la explotación petrolera en la zona.

Este dictamen marca un hito en la jurisprudencia internacional sobre pueblos en aislamiento, reforzando la obligación de los Estados de respetar su autodeterminación y garantizar su protección.

FS.