Un abogado presentó ante la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Áreas Protegidas. Esta ley tiene como objetivo garantizar la sostenibilidad financiera y ambiental del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Ecuador. El demandante cuestiona específicamente varios artículos clave que afectan derechos colectivos, especialmente relacionados con las comunidades indígenas.
El abogado Erick Fabián Guapizaca Jiménez demandó el artículo 6, que dispone la intervención de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas para proteger estas áreas. También impugna la tercera disposición general, que regula el desarrollo de proyectos dentro de territorios indígenas, asegurando que las actividades no incluyen la explotación de recursos no renovables, y debe respetar los derechos colectivos consagrados en la Constitución.
Derechos indígenas y consulta previa en el centro del debate
Guapizaca sostiene que la ley vulnera el derecho a la consulta previa, un requisito constitucional para cualquier reforma o acción que afecte territorios ancestrales. Advierte que esta norma impacta directamente en la seguridad jurídica de las comunidades indígenas, pues regula la conservación y recuperación de recursos en estos espacios, afectando su uso tradicional, territorialidad y participación en decisiones que modifican su modo de vida.
El abogado pidió medidas cautelares para suspender los efectos de los artículos 6 y 7 hasta que exista una sentencia definitiva. A la vez, solicitó a la Corte Constitucional que declare la ley como inconstitucional.
Controversias sobre la participación de la fuerza pública en áreas protegidas
El papel atribuido a la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas ha generado rechazo en diversos sectores. Este punto resulta controversial porque puede interpretarse como una forma de militarización de territorios indígenas.
Expertos advierten que, aunque se necesita proteger las áreas contra actividades ilegales, como minería o narcotráfico, debe precisarse que la fuerza pública actúe para salvaguardar la integridad de los territorios, sin afectar a las comunidades indígenas. La falta de guardaparques capacitados y recursos para enfrentar delitos ambientales también agrava la situación, generando una discusión compleja entre conservación y derechos humanos.
Aspectos que motivaron la Ley de Áreas Protegidas
La Ley de Áreas Protegidas se aprobó el 10 de julio de 2025 en la Asamblea Nacional. Su intención principal consiste en establecer medidas económicas urgentes que garanticen la sostenibilidad financiera del sistema y promuevan la conservación de la biodiversidad y la gestión sostenible de estas zonas estratégicas para el país.
La normativa también garantiza la profesionalización y respeto a los derechos de los guardaparques, además de crear mecanismos para que el Estado pueda delegar la gestión a sectores privados y comunitarios sin abrir la puerta a la privatización de los recursos naturales estratégicos. Se prohíben expresamente las actividades extractivas de recursos no renovables en dichas áreas, respetando los derechos colectivos que protegen los pueblos originarios.
Reclamos y desafíos legales
Organizaciones alertan sobre el alcance y proceso de aprobación de la ley, anticipando que la demanda ante la Corte Constitucional podría frustrar su implementación. Cuestionan que el texto incluya temas ajenos como disposiciones relacionadas con movilidad humana, regímenes tributarios y códigos aeronáuticos, lo que habría desvirtuado su finalidad original.
El debate de fondo gira en torno a lograr un equilibrio entre la conservación ambiental y los derechos humanos, en particular, el respeto por los territorios ancestrales y las consultas previas con los pueblos indígenas.