La Comisión de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad retomó, este lunes 21 de julio, el análisis del proyecto de Ley Orgánica de Protección de Víctimas. En este contexto, el doctor Rodrigo Varela, secretario nacional misional de la Defensoría del Pueblo, expresó su respaldo a la propuesta y presentó observaciones cruciales para su fortalecimiento, buscando alinearla con los instrumentos internacionales de derechos humanos, la justicia transicional y la normativa de responsabilidad penal.
Recomendaciones de la defensoría
Varela enfatizó la necesidad de reforzar el ámbito de aplicación de la ley. Sugirió incorporar una mención explícita al principio de proporcionalidad. También destacó la aplicación preferente de las normas internacionales de derechos humanos vigentes y ratificadas por el Ecuador.
En relación con el objeto de la ley, la Defensoría del Pueblo recomendó el reconocimiento expreso de los cinco componentes de la reparación integral: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Esto busca concordancia con los estándares internacionales en derechos humanos.
Garantía de derechos para víctimas
Sobre los derechos de las víctimas, el doctor Varela sugirió desarrollarlos de forma más sistemática y completa. El objetivo es alinearlos con instrumentos internacionales, como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder (1985). Asimismo, se busca una concordancia con las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Defensoría del Pueblo señaló que el Estado debe garantizar dichos derechos en todas las fases del proceso. Esto incluye la investigación, juzgamiento, reparación y seguimiento, sin discriminación y con enfoque de género, interseccionalidad y pluralismo jurídico. Los legisladores centraron sus consultas en temas como la reparación transformadora, el nombre de la ley y la responsabilidad de las empresas en materia de derechos humanos.
Análisis de la ley de consulta popular
En un tema separado, el jurista Carlos Salgado Báez presentó observaciones al proyecto de Ley Orgánica de Consulta Popular. Salgado realizó un breve repaso de los tipos de consulta reconocidos por la Constitución y el ordenamiento jurídico. Indicó que varios artículos del proyecto transcriben aspectos que ya constan en otras normas, como el Código de la Democracia o la Constitución de la República.
Además, Salgado señaló que existen temas que deben profundizarse y corregirse en lo que respecta a las consecuencias jurídicas establecidas en el marco de las consultas populares. Advirtió sobre un “dictamen ficto” si la Corte Constitucional no se pronuncia. Este se generaría si la Corte no emite un fallo sobre la convocatoria, considerandos y cuestionario del referendo dentro del plazo de veinte días. El proyecto de ley reduce este plazo a ocho días para calificar la constitucionalidad de la solicitud y las preguntas, lo cual criticó Salgado.