Ecuador. ¿Cuándo serán las votaciones si hay segunda vuelta electoral?

Este domingo 9 de febrero se desarrollarán las elecciones generales en las que los ecuatorianos elegirán al sucesor o sucesora de de Daniel o, en su defecto, si le vuelven a dar el poder a Noboa. De acuerdo al calendario electoral, la primera vuelta se dará el 9 de febrero, pero si no se define […]

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Redacción ED.

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Este domingo 9 de febrero se desarrollarán las elecciones generales en las que los ecuatorianos elegirán al sucesor o sucesora de de Daniel o, en su defecto, si le vuelven a dar el poder a Noboa.

De acuerdo al calendario electoral, la primera vuelta se dará el 9 de febrero, pero si no se define a Presidente y vicepresidente en este proceso, se dará una segunda vuelta electoral. Son 16 binomios los que buscan llegar al palacio de Carondelet. Hasta el momento, aunque muchos expertos hablan de una notable «polarización», admiten que los resultados son inciertos.

Según las disposiciones del Consejo Nacional Electoral (CNE), de haber segunda vuelta, esta se realizará el 13 de abril. En el marco de este proceso, el debate presidencial, organizado por el CNE, se realizará el 23 de marzo. Mientras, la campaña iniciará el 24 de marzo y finalizará el 10 de abril, este mismo día está programado el voto de personas privadas de la libertad. Posteriormente, el 11 de abril, tendrá lugar el «voto en casa» y finalmente, el 13 de este mes serán las votaciones generales de segunda vuelta.

https://www.eldiario.ec/actualidad/ecuador/elecciones-cuando-inicia-el-silencio-electoral-y-cual-es-la-sancion-por-irrespetar-la-ley/

Del 11 al 13 de abril se dispone el silencio electoral para la segunda vuelta, durante este periodo se prohíbe el proselitismo político. En cuanto a este aspecto, se realizan monitoreos, los cuales podrían representar infracciones electorales.

En estos comicios, un total de 13 millones 736 mil 314 electores ecuatorianos están facultados para ejercer su derecho al voto. De esta cantidad, 456mil 485 ejercen el sufragio en el exterior. Entre las personas habilitadas se encuentran quienes pueden realizar el sufragio de manera facultativa. En este grupo se encuentran adultos mayores, personas con discapacidad y miembros de la fuerza pública. Cinthya Chanatasig Solórzano.

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