¿Usaste tu tarjeta fuera del país entre 2022 y 2024? El SRI verifica si declaraste el Impuesto a la Salida de Divisas

Iniciaron los controles para verificar el pago del ISD. Quienes superaron el monto exento deberán regularizar su situación hasta junio de 2025.

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3 minutos de lectura
El SRI verifica si declaraste el Impuesto a la Salida de Divisas
Los contribuyentes que aún no han declarado el ISD correspondiente a los años 2022, 2023 y 2024, podrán regularizar su situación tributaria.
El SRI verifica si declaraste el Impuesto a la Salida de Divisas
Los contribuyentes que aún no han declarado el ISD correspondiente a los años 2022, 2023 y 2024, podrán regularizar su situación tributaria.

Redacción

Redacción ED.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) activó un proceso de verificación tributaria para controlar el cumplimiento del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) por consumos realizados con tarjetas de crédito y débito en el exterior durante los años fiscales 2022, 2023 y 2024. La medida afecta a contribuyentes que excedieron el monto exento de USD 5.109,79 anuales y no declararon ni pagaron el tributo correspondiente.

Con el objetivo de mejorar la recaudación y reducir la evasión, el SRI insta a los contribuyentes a revisar sus operaciones financieras en el extranjero y regularizar su situación dentro del plazo establecido.

Controles del SRI por uso de tarjetas en el exterior

El director general del SRI, Damián Larco, explicó que se han identificado diferencias significativas en los registros de consumo por parte de contribuyentes que usan varias tarjetas emitidas por distintos bancos. “Cuando una entidad bancaria detecta que el monto exento ha sido superado, aplica la retención. Pero las otras emisoras, al no compartir información entre sí, no lo hacen, generando omisiones involuntarias o deliberadas”, detalló.

Larco también recordó que los consumos realizados con tarjetas adicionales se atribuyen al titular principal, quien es considerado legalmente responsable del pago del impuesto.

Algunos datos clave sobre el ISD y obligaciones

  • Monto exento del ISD en 2022 y 2023: USD 5.109,79 anuales.

  • Si el monto fue superado sin retención automática, el contribuyente debe declarar y pagar el ISD directamente.

  • Tarifas aplicables: Dependen del tipo de transacción realizada desde el exterior.

  • Medios sujetos al ISD:

    • Transferencias electrónicas

    • Retiros de cajeros

    • Pagos con tarjetas

    • Envíos en efectivo o cheques

Hasta el 30 de junio se debe hacer los pagos

Para fomentar el cumplimiento, el SRI emitió una resolución que permite a los contribuyentes regularizar sus pagos correspondientes a los años 2022, 2023 y 2024 hasta el próximo 30 de junio de 2025. Este proceso se puede realizar de forma digital a través del sistema SRI en Línea, usando el Formulario Múltiple de Pagos con el código 4580.

Este mecanismo se aplica de forma acumulada por cada ejercicio fiscal, lo que busca simplificar el proceso para personas naturales y sociedades con inconsistencias detectadas.

Transferencias al exterior: bajo lupa

El SRI subrayó que el ISD aplica a toda transferencia o salida de divisas del país, ya sea mediante pagos con tarjetas, transferencias bancarias, retiros, o cualquier otro mecanismo que implique movilización de dinero al extranjero.

La entidad reitera que este impuesto tiene como finalidad proteger la salida de capitales y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias nacionales.

El llamado del SRI a revisar y declarar correctamente el ISD se convierte en una alerta para quienes realizan consumos en el extranjero. A pocos días del cierre del plazo para regularizar los valores pendientes, el organismo fiscalizador refuerza su mensaje: la evasión tributaria, incluso si es por desconocimiento, no exime de la responsabilidad ante el fisco. (36)

Qué es el ISD?

El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) es un tributo vigente en Ecuador que grava toda transferencia, envío o traslado de dinero al exterior, ya sea en efectivo o a través de medios electrónicos, con ciertas excepciones establecidas por ley.

evolución-ISD

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