Santo Domingo: motos eléctricas podrán ser retenidas
Las motos eléctricas o también conocidos como scooters podrán ser retenidas en Santo Domingo. Héctor Fiallo, gerente de la Empresa Pública Municipal de Tránsito de ese cantón de Santo Domingo de los Tsáchilas.
Fiallo aseguró que la aplicación e esta medida está amparada en la Ley de Tránsito, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
El funcionario de Santo Domingo afirmó que la Ley señala que no es permitido que ningún tipo de transporte circule mientras no tenga dos requisitos indispensables. Uno es la matrícula y placa, y por ende que su conductor debe poseer licencia de conducir.
Fiallo precisó que, si bien las motos eléctricas al momento de su importación al país y posterior comercialización son consideradas como artículos eléctricos y hasta juguetes, en realidad son vehículos.
Santo Domingo advierte sanciones
“Se define vehículo cualquier artefacto que se pueda mover con impulso de un motor. No dice eléctrico ni gasolina ni diésel” afirmó. “Eso (moto eléctrica) funciona con motor, eso es un vehículo y por tanto tiene que cumplir la Ley”, dijo.
Refirió que el problema no es del vendedor ni del comprador, sostiene el director de la empresa de tránsito Santo Domingo.
“Es de Ley de Aduanas y Homologación. cuando permitieron ingresar estos vehículos eléctricos tenían que haberles puesto vehículos con propulsión eléctrica”, precisó.
El Concejo Municipal de Santo Domingo está en proceso de aprobar una ordenanza que regula la movilización de todo tipo de vehículo eléctrico. Es decir, le exige contar con matrícula y placa y se determinará qué tipo de licencia porte el conductor.
Fiallo advierte que, mientras tanto, los agentes de tránsito están facultados para actuar con base en la Ley de Tránsito y proceder a la retención.
Este es el procedimiento a realizar
Si es retenido y trasladado al patio, la Ley dispone requisitos para su liberación. Debe tener matrícula al día, placa colocada, y no deber nada a ninguna entidad de transporte del Ecuador.
“¿Si detenemos a uno de estos vehículos, si no tiene nada de esto, cómo lo libero? ¿Si no puedo liberar, en qué termina? En chatarrización. Eso dice la Ley, no lo digo yo”, añadió el gerente de la EPMT Santo Domingo.
Sostuvo que la ordenanza va a servir para aclarar de dónde obtener placa y matrícula. Pero lamentó que esas no podrían conseguirlas, porque no las importaron como vehículos, sino como juguetes o dispositivos eléctricos.
Una alternativa sería que el almacén consiga la homologación de la ANT de cada vehículo. “Vendieron vehículos como juguete, y resulta que están en las vías circulando como vehículos”, señaló.
Detalló que entre otros usos están incluso el transporte de personas y cargas como vehículos, pero quieren seguir siendo juguetes. Hay un error de concepto del consumidor que compra un vehículo y se lo da a un niño de diez años a que conduzca”, puntualizó.
Los controles en Santo Domingo se enfocarán también en la regulación de la circulación de estos aparatos.