El Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Issfa) presentó una versión ajustada del proyecto de ley de seguridad social militar que modifica el cálculo de la pensión de retiro. La propuesta plantea una reducción de la base reguladora y establece dos regímenes de retiro para los uniformados, lo que genera expectativa e inquietud en las filas militares.

El Consejo Directivo del Issfa aprobó el proyecto el 3 de diciembre y lo ingresó en la Comisión del Derecho al Trabajo como base para el debate legislativo. La iniciativa forma parte de una obligación pendiente desde hace cuatro años en la Asamblea Nacional.

Nueva ley del Issfa redefine el retiro de los militares

La propuesta corresponde a la Ley Orgánica del Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Loressfa). El proyecto responde a una sentencia de la Corte Constitucional emitida en 2021, que declaró inconstitucionales varios artículos de la normativa aprobada durante el gobierno de Rafael Correa.

La Corte ordenó que el Legislativo apruebe nuevas leyes para el Issfa y el Isspol, sustentadas en estudios actuariales actualizados que aseguren la sostenibilidad financiera de los sistemas previsionales hacia el futuro.

Sin embargo, la Asamblea Nacional mantiene un retraso de cuatro años en el trámite. Las mesas técnicas donde se analizan los textos no son públicas y no permiten la participación de uniformados en servicio activo, según fuentes del sector.

Cambios en la pensión de retiro y montepío

El director del Issfa, el general José Fiallo Vásquez, envió el proyecto ajustado al jefe del Comando Conjunto, Henry Delgado, para que socialice el contenido entre el personal y evite “interpretaciones erróneas”, según consta en un oficio remitido el 8 de diciembre.

Los ajustes se concentran en la pensión de retiro, las fórmulas de cálculo, el montepío y la cobertura para los hijos de los militares. El eje central del debate gira en torno a la reducción de la base reguladora, que actualmente alcanza el 88 %.

La propuesta establece dos modalidades de retiro: retiro forzoso y retiro voluntario o anticipado. Cada una con requisitos y fórmulas distintas para el cálculo de la pensión.

Retiro forzoso: más años y menor base reguladora

El retiro forzoso aplica cuando existe falta de vacante orgánica, no se logra el ascenso a ciertos grados o se cumplen los cupos anuales establecidos. Para acceder a este régimen, el uniformado deberá acreditar 25 años de servicio.

Con la nueva fórmula, quienes cumplan 20 años o más de servicio calcularán su pensión sobre los 48 últimos haberes, con una base reguladora del 85 % y un factor de retiro del 70 %, más incrementos del 3 % por cada año adicional y 0,25 % por cada mes completo.

Este cambio implica una reducción frente al 88 % vigente, lo que representa un ajuste directo en el monto final de la pensión.

Retiro voluntario también reduce el beneficio

En el retiro voluntario, que se produce por solicitud del militar, baja disciplinaria o sentencia penal ejecutoriada, se exigirá 26 años de servicio. La pensión se calculará con el promedio de los 48 últimos haberes, una base del 80 % y un factor del 70 %.

Actualmente, este cálculo también se realiza sobre una base del 88 %, lo que evidencia una disminución significativa en el beneficio proyectado.

La inclusión de esta modalidad genera cuestionamientos, ya que la ley vigente mantiene una disposición transitoria que permite el retiro con 20 años de servicio, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Advertencias por posible pérdida de beneficios

Durante el análisis en la Comisión del Derecho al Trabajo, varias observaciones alertaron que el aumento de años de servicio y la reducción de la base reguladora podrían implicar una pérdida de hasta el 15 % en beneficios para los uniformados.

Por ejemplo, un militar con 18 años de servicio al momento de entrar en vigencia la ley deberá permanecer hasta los 22 años para acceder al retiro. En ese escenario, el cálculo se realizará con 48 haberes, base del 85 % y factor del 67 %.

Si opta por el retiro voluntario, la pensión se calculará sobre 60 haberes, con base del 80 % y factor del 67 %. Esto reduce aún más el ingreso mensual.

Pensión de retiro militar: inquietud en las Fuerzas Armadas

De forma extraoficial, en las Fuerzas Armadas crece la inquietud entre quienes están cerca de cumplir 20 años de servicio. El principal temor apunta a que no se aplique un régimen de transición que mantenga la base reguladora del 88 %.

Hasta octubre de 2025, el Issfa registra 41.732 afiliados activos, de los cuales 6.503 son oficiales y 35.229 pertenecen a la tropa. La definición final de la ley marcará el futuro previsional de este universo de afiliados.