Daniel Noboa, presidente de Ecuador, ha emitido oficialmente el Decreto Ejecutivo número 293 para ratificar el contenido íntegro del denominado "Tratado sobre el Comercio de Armas".El mandatario procedió a la suscripción de este documento legal en la ciudad de Bruselas. Esta decisión se fundamenta en las responsabilidades de la administración pública que la ley otorga a la Función Ejecutiva.
El presidente Daniel Noboa ejerce de esta manera su atribución de definir la política exterior del Estado ecuatoriano según la norma vigente. El documento señala que el Jefe de Estado es el responsable directo de suscribir y ratificar los diversos tratados internacionales. Con la firma del Decreto 293, se busca dar cumplimiento a los mandatos constitucionales que rigen al Gobierno nacional.
Marco legal y constitucional del decreto
La gestión de Daniel Noboa se ampara en el artículo 418 de la Constitución, el cual dispone la obligatoriedad de informar de manera inmediata a la Asamblea Nacional sobre estos instrumentos. El texto legal aclara que un acuerdo internacional solo podrá ser ratificado diez días después de que el legislativo haya sido debidamente notificado. Por ello, el mandatario debe precisar siempre el carácter y la naturaleza de lo suscrito ante los asambleístas.
Dentro de las facultades de Daniel Noboa, se encuentra la de asegurar que el canje o depósito de los instrumentos se realice bajo los términos de la ley orgánica. El proceso requiere que cualquier tratado sea puesto primero en conocimiento de la Corte Constitucional del Ecuador. Esta instancia es la encargada de resolver, en un tiempo de ocho días, si la materia requiere o no de una aprobación legislativa previa.
Antecedentes internacionales del acuerdo comercial
El presidente Daniel Noboa hace referencia a la Resolución número A RES-67-234-B de las Naciones Unidas, donde se adoptó originalmente este tratado global. El objeto principal de esta normativa es establecer normas internacionales comunes para regular el comercio de armas convencionales en todo el mundo. Se busca con esto prevenir y eliminar de forma definitiva el tráfico ilícito que afecta a la región.
La visión de Daniel Noboa al ratificar este instrumento es evitar el desvío de armamento y fortalecer el control sobre el intercambio de equipos convencionales. El proceso para llegar a esta ratificación inició formalmente el 28 de marzo de 2025, mediante una comunicación oficial a la Corte. En aquel momento, se solicitó el dictamen pertinente para verificar la necesidad de una intervención por parte del poder legislativo.
El rol de la Corte Constitucional en el proceso
Bajo la administración de Daniel Noboa, la Corte Constitucional emitió un primer dictamen identificado con el número 5-25-T1/25 el pasado mes de octubre. En esa instancia inicial, los magistrados determinaron que el documento se encontraba incurso en una causal específica de la Constitución. Por tal motivo, se resolvió que el acuerdo internacional requería obligatoriamente de la aprobación por parte de la Asamblea Nacional.
Posteriormente, en un segundo momento procesal, el organismo constitucional notificó a la Presidencia liderada por Daniel Noboa sobre la constitucionalidad del texto. El 7 de noviembre de 2025, la Corte resolvió declarar que el Tratado sobre el Comercio de Armas no contravenía la carta magna. De este modo, se dispuso que el Ejecutivo hiciera conocer dicho dictamen a los representantes del legislativo para continuar el trámite.
Aprobación legislativa y trámite final
El equipo de Daniel Noboa remitió el oficio número T.249-SGJ-25-0205 al Presidente de la Asamblea Nacional el 20 de noviembre de 2025. En dicha comunicación se adjuntó el tratado íntegro y los dictámenes emitidos por la instancia de control constitucional correspondiente. Finalmente, el 17 de diciembre de 2025, el Pleno legislativo resolvió aprobar de manera oficial el instrumento internacional propuesto.
Con este respaldo, Daniel Noboa procedió a la ratificación definitiva del decreto en enero de 2026, cumpliendo con los pasos establecidos por la Función Ejecutiva. El artículo 1 del Decreto Ejecutivo 293 confirma que el Estado ecuatoriano acepta todo el contenido del acuerdo sobre armas. Esta acción consolida el compromiso del país con las regulaciones de seguridad y transparencia en el mercado internacional de equipos bélicos.
Ejecución y vigencia de la nueva normativa
Para la ejecución de lo dispuesto por Daniel Noboa, se ha encargado específicamente al Ministerio de Defensa Nacional y a la cartera de Relaciones Exteriores. Ambas instituciones deberán actuar en el ámbito de sus respectivas competencias para dar cumplimiento a los objetivos del tratado. El Ministerio de Movilidad Humana también tendrá un rol fundamental en la gestión de este compromiso internacional adquirido por el Estado.
Finalmente, el decreto firmado por Daniel Noboa establece que la vigencia de esta norma comenzará a partir de su publicación en el Registro Oficial. El documento fue dado en la ciudad de Bruselas el 23 de enero de 2026, marcando un hito en la agenda exterior de la actual gestión. Con la firma del Presidente Constitucional, el país se alinea con los estándares globales para la eliminación del tráfico ilegal de armamento.