No es lo mismo trabajar de día que de noche en feriado: este es el salario que debes recibir

las disposiciones están contempladas en el artículo 55 del Código del Trabajo, y aplican tanto para empleados del sector privado como, con sus particularidades, en el sector público bajo la (LOSEP).
La legislación vigente contempla recargos diferenciados para quienes trabajan en condiciones especiales.
La legislación vigente contempla recargos diferenciados para quienes trabajan en condiciones especiales. (Imagen IA: ChatGPT).
La legislación vigente contempla recargos diferenciados para quienes trabajan en condiciones especiales.
La legislación vigente contempla recargos diferenciados para quienes trabajan en condiciones especiales. (Imagen IA: ChatGPT).

Consuelo Loor

Redacción ED.

Consuelo Loor

Redacción ED.

Periodista manabita nacida en Bahía de Caráquez del cantón Sucre, con más de 15 años de experie... Ver más

En Ecuador, los feriados no solo son días de descanso, sino también momentos en los que se activan disposiciones legales especiales para proteger los derechos laborales. Tanto trabajadores como empleadores deben conocer cómo se calculan los pagos cuando, por necesidad del servicio o acuerdo mutuo, se trabaja en estas fechas. Si además la jornada incluye horario nocturno o se extiende más allá del tiempo habitual, el valor a recibir puede duplicarse o incluso triplicarse, según lo establece la ley.

El abogado laboralista Juan Cedeño explica que “los recargos por trabajo en feriado, horario nocturno o jornadas prolongadas no son acumulativos, son multiplicativos. Es decir, cada condición añade un recargo que se suma al cálculo total”.

Lo que establece la ley ecuatoriana

La legislación vigente contempla recargos diferenciados para quienes trabajan en condiciones especiales. Estos son los principales puntos legales:

  • Trabajo en feriado: se paga con 100 % de recargo, es decir, se duplica la hora.

  • Jornada nocturna: del 19h00 a 06h00, genera un 25 % adicional.

  • Horas extraordinarias: fuera del horario normal, deben pagarse con un 50 % adicional.

Estas disposiciones están contempladas en el artículo 55 del Código del Trabajo, y aplican tanto para empleados del sector privado como, con sus particularidades, en el sector público bajo la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP).

Entones… ¿cuánto me corresponde si trabajo un feriado de noche?

Para ilustrar el impacto de estos recargos, se toma como referencia el Salario Básico Unificado (SBU) 2025 de USD 470, con una jornada mensual de 240 horas.

Tipo de jornada Cálculo aplicado Valor por hora (USD)
Hora normal $ 470 ÷ 240 1,96
Hora en feriado $ 1,96 × 2 3,92
Hora nocturna en feriado $ 3,92 × 1,25 4,90
Hora extraordinaria en feriado $ 3,92 × 1,5 5,88
Hora nocturna y extraordinaria en feriado $ 3,92 × 1,25 × 1,5 7,35

Esto significa que, si un trabajador realiza una jornada de 8 horas en un feriado nocturno y además en horario extra, podría recibir hasta USD 58,80 solo por ese día, si se respetan los recargos.

En sectores donde el trabajo durante feriados es común —como el comercio, transporte, seguridad o salud—, comprender estos recargos permite garantizar condiciones más justas y prevenir conflictos laborales innecesarios.

Conocer cómo se calcula el salario en jornadas especiales no solo empodera al trabajador, sino que también facilita al empleador el cumplimiento de la normativa vigente. En tiempos donde cada ingreso cuenta, entender el valor legal de una jornada trabajada en feriado, de noche o con horas extraordinarias ayuda a mantener relaciones laborales más justas y transparentes. Aplicar correctamente lo que establece la ley no es solo un tema de justicia, sino también de corresponsabilidad.

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