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Quienes incumplan el toque de queda, dispuesto en el estado de excepción, pueden ser sancionados con uno a tres años de cárcel.

De acuerdo al artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la sanción se impone a quien “incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, dirigidas a ella por autoridad competente en el marco de sus facultades legales”.
Joselito Mendoza, director encargado de la Comisaría municipal, indicó que en este caso interviene la Policía Nacional.
“Anteriormente se manejaba con una sanción administrativa de 100 dólares, pero la manifestación del COE no establece aquello, sino únicamente que se actuará de acuerdo a la Ley”, dijo.
El Decreto ejecutivo dispone la suspensión de los derechos de libertad de tránsito, libertad de asociación y reunión y la inviolabilidad de domicilio, con lo cual no sería necesario una autorización judicial para que la Policía pueda ingresar a una vivienda.

OPERATIVO. Carlos Alulema, coordinador de Seguridad Ciudadana, informó que, según la planificación municipal, vigilarán con 42 funcionarios, 8 camionetas y 7 motos, que se cumplan las disposiciones contempladas en el nuevo estado de excepción decretado por el presidente Lenín Moreno, y que entrará en vigencia esta noche, y será por 28 días.
A esto se sumará personal policial, militar, de Intendencia y Gobernación, con lo que tendrían más de 100 personas para los controles. “Habrá puestos de mando unificados para los operativos”, comentó.
Alulema indicó que existe conciencia ciudadana, pero las excepciones son las que causan que los casos de coronavirus repunten en el cantón.
Joselito Mendoza indicó que desde el 16 de abril hasta la fecha han sancionado a 26 personas por generar aglomeraciones en fiestas privadas.
“La sanción es de dos salarios básicos unificados ($800) y la reincidencia es el doble de la primera multa ($1.600)”, indicó.
Sostuvo que la municipalidad no quiere “meter la mano al ciudadano”, sino que hagan conciencia y respeten las medidas.

RESOLUCIÓN. El COE Cantonal ratificó que el transporte intra e interprovincial podrá circular con el 75% de aforo, mientras que los buses urbanos sólo con el 50%.
Locales comerciales, restaurantes, funerarias e iglesias tienen permitido un aforo del 30%, y los establecimientos de venta de alimentos, el 50%.
Los gimnasios con espacios ventilados podrán operar con el 20% de aforo y se mantiene la prohibición de apertura de establecimientos de entretenimiento, y de todo evento o reuniones sociales en el espacio público o privado (incluidas viviendas).
El acceso a la playa de Crucita será de lunes a viernes hasta las 17h00 con el 25% de aforo.
La venta de bebidas alcohólicas está prohibida en horario de toque de queda.