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El estado actual de la pandemia en Manabí y otras siete provincias del país ha hecho que autoridades nacionales sugieran su declaratoria en estado de excepción.

Según varios medios, el director nacional de ECU-911, Juan Zapata informó que el COE Nacional ha recomendado al presidente Lenín Moreno que ocho provincias del país entren en estado de excepción.

Se trataría de una medida “focalizada”, es decir que no se aplicaría para todo el país, sino para las regiones en las que actualmente se presentan mayores problemas a causa de la pandemia.

Además de Manabí, en esta lista aparecen Santo Domingo, Azuay, Guayas, El Oro, Esmeraldas, Pichincha y Loja.

El COE ha sugerido que las medidas se implementen desde este 2 de abril a las 00h00 hasta las 23h59 del viernes 9 de abril.

Las medidas sugeridas son las siguientes:

  1. Implementar el Toque de Queda a partir del día de viernes 2 de abril, desde las 19h00, hasta las 05h00. El control de su cumplimiento está cargo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
  2. Prohibir las reuniones sociales y familiares de los miembros que no pertenezcan al mismo círculo familiar. Así como, extremar precauciones con adultos mayores y personas con prexistencias, no debiendo asistir a ninguna actividad que los exponga.
  3. Se prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a jueves a partir de las 18h00 y; viernes, sábado y domingo, se prohíbe la venta y consumo durante todo el día.
  4. Suspensión total de la jornada laboral presencial en el sector público de las provincias en mención a partir del lunes 5 de abril hasta el viernes 9 de abril.
    1. Prohibir el acceso a playas y balnearios con fines turísticos en las provincias con estado de excepción.
    2. Se suspenden las actividades en gimnasios, centros de entrenamiento físico, canchas deportivas, cines, teatros, parques mientras dure el estado de excepción.
    3. Prohibir la apertura de bares, discotecas, centros de tolerancia y afines.
    4. Se mantiene la prohibición de eventos públicos masivos y concentraciones religiosas que generen aglomeraciones.
    5. Se suspenden las clases presenciales en las provincias donde rige el estado de excepción, de los pilotajes autorizados previamente.
    6. Reducir el aforo al 30% en centros comerciales, restaurantes, velorios, ceremonias religiosas (de preferencia deberán ser virtuales).
    7. Se mantiene en vigencia los lineamientos de ingreso al país, emitidos por el Ministerio de Salud Pública.
    8. El Ministerio de Gobierno, a través de intendencias y gobernaciones, realizará los controles requeridos para evitar la especulación en precios de insumos médicos y alimentos, en coordinación con más instituciones competentes.
    9. Restringir la circulación vehicular a partir del 2 de abril de 2021, conforme al último dígito de la placa de los vehículos particulares.

    Los vehículos con placa PAR, NO CIRCULARÁN los días: lunes, miércoles y viernes; e IMPAR NO CIRCULARÁN los días martes, jueves y sábado.