Llegó diciembre y con ello el décimo tercer sueldo o conocido como “bono navideño” que deben recibir los trabajadores del país.
Desde el 1 de diciembre de cada año comienza la expectativa acerca de este monto a recibir, según está establecido en el Código de Trabajo.
Este beneficio lo reciben empleados bajo relación de dependencia, jubilados y personas que cobran una pensión alimenticia.
La fecha límite para pagar el décimo tercer sueldo, en caso de acumularlo, es el 24 de diciembre de cada año.
El trabajador también tiene la opción de recibir este bono de manera proporcional, cada mes, según el Código de Trabajo.
Según lo establecido en el acuerdo ministerial 199 del Ministerio de Trabajo, de 2019, el pago de estos valores se debe realizar de manera mensual.
Dicha manera de cobrarlo es opcional, a menos que el empleado solicite la acumulación anual a su empleador.
Esta remuneración adicional corresponde a la doceava parte del salario anual del trabajador, recibida entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año actual.
Décimo tercer sueldo se puede mensualizar
Es decir, si el trabajador recibe el mismo salario todos los meses, recibirá otro salario igual en diciembre.
En caso de que el trabajador lleve menos de un año en una empresa, recibirá un monto proporcional al tiempo que lleva laborando.
El Ministerio de Trabajo cuenta con una calculadora donde los trabajadores pueden saber cuánto deben recibir.
Para el cálculo debe tomarse en cuenta el sueldo mensual, junto a comisiones, horas extras y cualquier pago adicional que reciba el trabajador.
Para el pago del décimo tercer sueldo no se toman en cuenta las utilidades, vacaciones ni otros beneficios de ley, como el décimo cuarto sueldo.
Hay dos formas formales de actuar frente al incumplimiento del pago del décimo tercer sueldo. La primera implica presentar una queja formal ante el Ministerio de Trabajo.
Los trabajadores deben completar un formulario para solicitar la emisión de una boleta única de notificación.
Con esta se cita al empleador a comparecer ante las autoridades y explicar las razones del incumplimiento.
Si el empleador no se presenta o no justifica el impago, puede recibir multas de hasta 20 salarios básicos que en 2024 (9.200 dólares)