La Corte Constitucional no encontró problema en que Sariha Moya haya sido designada como vicepresidenta de la República.
Dicha designación la hizo el Presidente Daniel Noboa mediante el Decreto Ejecutivo 457.
Esta designación se mantendrá durante el período de ausencia temporal de la vicepresidenta Verónica Abad.
A ella le suspendió el Ministerio de Trabajo por el lapso de 150 días mediante un sumario administrativo oficializado el 9 de noviembre.
Este jueves 5 de diciembre del 2024, la Corte Constitucional inadmitió la acción pública de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 457.
Según el dictamen, la acción de inconstitucionalidad presentada no se ajusta al ámbito del “control abstracto de constitucionalidad”.
Esto significa que la Corte Constitucional consideró que el caso no involucraba una cuestión general que afectara a la Constitución.
Según la Corte Constitucional no se afecta la Constitución
El Ministerio de Trabajo suspendió a la vicepresidenta Verónica Abad por 150 días y sin remuneración.
Se lo hizo mediante un sumario administrativo, acusándola de “abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborales consecutivos”.
A Abad se la sancionó por no haberse presentado en la embajada de Ecuador en Turquía el 1 de septiembre, como estaba previsto, sino hasta el 9 de noviembre.
La resolución del Ministerio de Trabajo también señaló que Abad incurrió en un “abandono del trabajo” al no cumplir con su responsabilidad en la embajada durante los días señalados, lo que resultó en una falta de cinco días hábiles.
Días después, el presidente Daniel Noboa designó a Sariha Moya como vicepresidenta encargada de Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo 457.
Finalmente la Corte Constitucional refirió que la designación de Moya se encuentra dentro de los parámetros que rigen en la Constitución del Ecuador.