Fabricio Colón Pico recibió una sentencia de cinco años en su contra como autor mediato de secuestro, informó la Fiscalía.
Los ciudadanos William Mauricio A. M. y Benigno Joel P. M. recibieron la misma pena como coautores del delito.
Fabricio Colón Pico es considerado por las autoridades de justicia, como líder de la facción “Mafia CP”. Esta es una facción del grupo de delincuencia organizada “Los Lobos”.
Durante la audiencia, la Fiscalía demostró que los tres sentenciados secuestraron a A. A. P. y lo mantuvieron cautivo durante tres días.
“Este delito se comete en el marco del crimen organizado”, indicó la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti) ante el Tribunal Penal.
El 9 de julio de 2023, el joven se encontraba en una reunión con cinco amigos en La Ferroviaria, en el sur de Quito.
Casi a la medianoche, solicitó un taxi a través de una aplicación.
Al salir a esperar el vehículo, observó un auto negro sin placas en la calle. En ese momento, cuatro personas armadas descendieron del automotor.
Él intentó regresar al interior de la casa, pero los secuestradores lo sacaron a la fuerza y lo llevaron a un lugar apartado en Nanegalito, al noroccidente de la capital.
Fabricio Colón Pico está en una cárcel de máxima seguridad
Los antisociales, bajo el mando de Fabricio Colón Pico, no solicitaron dinero a la familia. Se contactaron con un ciudadano en Esmeraldas relacionado con las actividades delictivas del padre del secuestrado.
A. A. P. es, según la Fiscalía, hijo del narcotraficante conocido con el alias de “Chugo Porto”, investigado en Estados Unidos y buscado por la Interpol.
El 12 de julio de 2023, a A. A. P. lo trasladaron durante varias horas por la carretera, hasta que lo dejaron en un centro comercial del norte de Quito.
Para dar con los secuestradores, la Fiscalía ordenó diligencias como la interceptación y triangulación de llamadas.
En su defensa, los procesados, entre ellos Fabricio Colón Pico negaron los cargos que la Fiscalía imputó en su contra.
El secuestro está tipificado en el artículo 161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Allí se sanciona con penas de cinco a siete años de prisión a quien “prive de la libertad, retenga, oculte, arrebate o traslade una o más personas en contra de su voluntad”.