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El trabajo en los feriados de Navidad y Año Nuevo debe pagarse como tiempo extra.

Quienes laboren en relación de dependencia, que trabajen durante los feriados del 25 de diciembre y 1 de enero del 2021, tienen derecho al pago de horas extras con el 100 % de recargo.
Lo propio se aplica para los que laboren los fines de semana del 26 y 27 de diciembre del 2020 y del 2 y 3 de enero del 2021.
Así lo explicaron juristas consultados por los medios.
“Esto se ajusta al artículo 55 del Código de Trabajo.La única razón por la que podría no pagarse se da en el caso de los trabajadores que, en la pandemia, tuvieron suspensión de la jornada laboral y recuperan hasta los sábados”, explicó la abogada Vanesa Velásquez.
La jurista Alba Guevara agregó que tienen también derecho a este cobro las personas que se encuentran en
teletrabajo.
“La única distinción con lo presencial es que no están en una oficina de la empresa. Las responsabilidades siguen siendo las mismas. Es tiempo del que hace uso el empleador”, dijo.
La abogada Andrea Muñoz explicó sobre el beneficio para las personas que laboran bajo jornada
parcial. 
Se cancelará cada hora con el 100 % de recargo, detalló.