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Luego del polémico habeas corpus concedido a Jorge Glas y Daniel Salcedo por un juez de Portoviejo, el Consejo de la Judicatura (CJ) se pronunció.

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Según la institución, el juez Banny Rubén Molina Barrezueta, de la Unidad de Garantías Penitenciarias de Portoviejo, actuó sin jurisdicción al conceder el habeas a favor del exvicepresidente Glas y Salcedo, ambos sentenciados por casos de corrupción.

El organismo detalló que el pasado viernes 5 de agosto de 2022, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí había revocado un auto de sobreseimiento a favor del juez Molina y, a la vez, dictó un auto de llamamiento a juicio en su contra por el supuesto delito de prevaricato, debido a que ordenó en diciembre de 2018 que una sentenciada por el delito de peculado cumpla la totalidad de su pena privativa de libertad en su domicilio.

“En virtud de estos hechos, la jurisdicción del juez Molina se encuentra legalmente suspendida”, apuntó la Judicatura, al mencionar el art. 153 numeral 1 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) que señala: “La jurisdicción de la jueza o del juez se suspende por haberse dictado auto de llamamiento a juicio penal en su contra (…)”.

Fausto Murillo, presidente del Consejo de la Judicatura, en una entrevista con medios de comunicación dijo que a las 12h10 del viernes el juez fue objeto de un llamamiento a juicio de prevaricato. Por tanto, el habeas corpus de Glas y Salcedo no tendría validez.

“Desde el día viernes, por disposición legal había perdido jurisdicción. Es decir, todo lo actuado después de eso no tiene validez”, aseguró Murillo.

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La resolución de habeas corpus a favor de Glas y Salcedo tiene fecha del pasado viernes 5 de agosto, sin embargo, en el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (Satje) se vio reflejado este lunes.