Compártelo con tus amigos:

Luego de escuchar los argumentos presentados por la Fiscalía General del Estado, representada por la fiscal provincial Karla Vélez, Tribunal de la Corte Provincial de Manabí aceptó el recurso de apelación, revocando el auto de sobreseimiento dictado previamente y llamó a juicio a Banny M., juez de Garantías Penitenciarias, como presunto responsable del delito de prevaricato, informó la Fiscalía.

Lea también: Juez que concedió habeas corpus a Jorge Glas y Daniel Salcedo actuó sin jurisdicción

Además, ratificó las medidas cautelares dictadas en la audiencia de formulación de cargos.

“El 5 de mayo de 2022, el presidente de la Corte Provincial de Manabí, Carlos Zambrano, hizo conocer a las partes procesales el auto de sobreseimiento por considerar que no existían suficientes elementos de convicción en contra de Banny M”, indicó la institución en un comunicado.

No obstante, tanto Fiscalía como la acusación particular (Consejo de la Judicatura), en la audiencia de apelación a esa decisión, presentaron los elementos de convicción y los argumentos necesarios que demostrarían la materialidad de la infracción y la presunta responsabilidad del procesado en el hecho que se investiga, agregó.

“Con voto de mayoría, el Tribunal señaló que los elementos recabados durante el desarrollo de la instrucción fiscal sí son suficientes para llamar a juicio al procesado, decisión que fue anunciada de forma oral el 5 de agosto pasado, revocando lo dictado por el juez Zambrano, por carecer de motivación”, sentenció.

Caso habeas corpus a favor de Glas y Salcedo

Según la institución, el juez Banny Rubén Molina Barrezueta, de la Unidad de Garantías Penitenciarias de Portoviejo, actuó sin jurisdicción al conceder el habeas a favor del exvicepresidente Glas y Salcedo, ambos sentenciados por casos de corrupción.

El organismo detalló que el pasado viernes la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí había revocado un auto de sobreseimiento a favor del juez Molina y, a la vez, dictó un auto de llamamiento a juicio en su contra por el supuesto delito de prevaricato, debido a que ordenó en diciembre de 2018 que una sentenciada por el delito de peculado cumpla la totalidad de su pena privativa de libertad en su domicilio.

“En virtud de estos hechos, la jurisdicción del juez Molina se encuentra legalmente suspendida”, apuntó la Judicatura, al mencionar el art. 153 numeral 1 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) que señala: “La jurisdicción de la jueza o del juez se suspende por haberse dictado auto de llamamiento a juicio penal en su contra (…)”.

Fausto Murillo, presidente del Consejo de la Judicatura, en una entrevista con medios de comunicación dijo que a las 12h10 del viernes el juez fue objeto de un llamamiento a juicio de prevaricato.

“Desde el día viernes, por disposición legal había perdido jurisdicción. Es decir, todo lo actuado después de eso no tiene validez”, aseguró Murillo.