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Los derechos de los animales están plasmados en leyes que muchos desconocen. Incluso hay sanciones graves, como cárcel.

Lo explica Leonardo Montes, abogado en libre ejercicio, quien detalla que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) tiene varios articulados relacionados a la fauna urbana.

“Nuestra Constitución protege al ser vivo, incluidos los animales, tanto de la zona urbana o silvestre”, destacó.

Indica que el artículo 249 sanciona a quienes causen daño permanente a la fauna urbana, el mismo que será penalizado con privación de libertad de dos a seis meses.

Si es tortura animal será sancionado con cárcel de seis meses a un año. También se penaliza a la persona que mate a un animal.

La pena privativa de libertad es de seis meses a un año. Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

El abandono de animales de compañía es sancionado con trabajo comunitario de 20 a 50 horas.

“El COIP ha normado este tipo de delitos de acción privada, las mismas que se sustancian mediante un juez; los de acción pública sí podrían ser investigados por un fiscal”, destacó.

Los dueños de animales no solo tienen derechos, sino también obligaciones, las mismas que están normadas en la ordenanza municipal que regula la fauna urbana en Portoviejo.

Ariane Cedeño, jefa técnica del departamento de Fauna Urbana, destacó que desde el 2021 se realizó una reforma. Ahora están en proceso de elaboración del reglamento.

Cedeño manifiesta que la ordenanza establece varios tipos de sanciones.

Las faltas leves serán sancionadas con servicio comunitario de 24 horas, y con una multa del 20% de un salario básico unificado (SBU).

Entre ellas está el permitir que los animales deambulen sin la supervisión; faltar a la recolección de los residuos del animal y otros.

Mientras que las graves serán sancionadas con servicio comunitario de 48 horas, y con una multa equivalente al SBU.

Estas pueden ser: provocar daños, dolor, negar atención médica, donar animales de compañía en calidad de premio, negarse a pasear a los animales con collar identificación y bozal en caso de ser considerados peligrosos, y otros.

Son sancionados con servicio comunitario de 72 horas y con una multa de dos a cinco salarios quienes se nieguen a dar un alojamiento adecuado, abandonen a los animales, los encadene, administre sustancia venenosa o tóxica, o provoque deliberadamente que el animal la ingiera, entre otras.

Hasta su dirección han llegado 81 denuncias, de las cuales, 65 han sido resueltas y el resto están en proceso de reinspección.

Si las sanciones no se resuelven, pasan a Control Territorial y Comisaría sanciona, se dijo