Compártelo con tus amigos:

Durante los apagones programados para la noche de este miércoles y madrugada de jueves, el Gobierno anunció toque de queda.

Esta disposición establece la restricción a la libertad de tránsito para los ciudadanos, aunque con ciertas excepciones.

Sin embargo, por no acatar lo dispuesto por las autoridades, los ciudadanos podrías ser sancionados.

El artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena de hasta a tres años de cárcel, por incumplimiento de decisiones legítimas de la autoridad competente.

Sin embargo, quienes sí pueden circular en el toque de queda son:

Personal de servicios de salud pública y privada.

Miembros de la fuerza pública, servicios de emergencia, servidores de varias entidades gubernamentales y el cuerpo diplomático acreditado en el país.

Contratistas públicos, personal del sector exportador y del industrial que ejerza faenas nocturnas podrán estar en las calles.

Abogados y personal de medios de comunicación también podrán circular.

Servidores de sectores estratégicos como energía, recursos no renovables, telecomunicaciones, agua, vialidad, y la infraestructura aeroportuaria y de aviación.

En virtud de estas disposiciones, las instituciones públicas pide a sus trabajadores que porten sus credenciales.

El toque de queda regirá en las provincias de Guayas, Manabí, Los Ríos, Orellana, Santa Elena y El Oro. Además, en el Cantón Camilo Ponce Enríquez en la provincia de Azuay.