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Los viajeros que llegan vía aérea a Ecuador podrán adquirir e ingresar al país con más productos sin pagar impuestos.

El viernes 15 de septiembre de 2023 el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae) emitió una nueva.

Allí se determinan las cantidades y productos que pueden ingresar vía aérea y que sean considerados efectos personales del viajero.

Se trata de la reforma al Procedimiento General para el Despacho de Equipaje de Pasajeros y Tripulantes que Ingresan o Salen de los Aeropuertos Internacionales del Ecuador.

El documento establece cambios para la compra en artículos establecidos como efectos personales del viajero.

Las reformas de pago de menos impuestos se aplican también a grupos familiares.

Esto siempre que “su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales”.

Tampoco incluye  a aquellos productos “que se encuentran exentos del pago de tributos al comercio exterior, recargos arancelarios y de la presentación de autorizaciones, permisos, licencias y permisos de importación”.

La resolución del Senae establece también sanciones para quienes no cumplan con el procedimiento de pago de impuestos.

Por ejemplo, un pasajero que traiga consigo bienes tributables cuyo valor sea entre mil y 2 mil dólares, y no presente el respectivo Formulario de Registro Aduanero.

En ese caso el pasajero será multado con la mitad de un salario básico unificado; es decir 250 dólares, se informó.

Esto, según el documento, aplica para todo pasajero mayor de edad o grupo familiar que ingrese por las Salas Internacionales de Viajeros.

Inmediata aplicación

Estas medidas aplican solo para quienes lleven consigo bienes tributables.

Ahora, los pasajeros mayores de 18 años podrán llevar hasta cinco litros de bebidas alcohólicas, lo permitido antes eran tres litros.

Se les permite también ingresar hasta un máximo de 500 mililitros de perfume por pasajero o  mil mililitros de perfume por grupo familiar, contenidos en frascos nuevos.

La normativa anterior permitía 300 pasajeros y 600 por grupo familiar.

En la resolución también se permite el ingreso de una unidad nueva y una usada de los artículos portátiles:

  • Teléfono celular.
  • Cámara fotográfica.
  • Videograbadora o filmadora.
  • Receptor digital multimedia y/o reproductor de imagen/video o sonido portátiles, de uso doméstico.
  • Teléfono satelital.
  • Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet).
  • Equipo de posicionamiento global portátil (GPS) para uso personal.
  • Computador portátil y/o sus periféricos (mouse, audífonos y similares).
  • Consola para videojuegos y máximo 2 accesorios, sean estas portátiles o no
  • Reloj inteligente o smartwatch
  • Audífonos inalámbricos.
  • Televisor de hasta 60 pulgadas.
  • Monitor de computadora de hasta 32″.
  • Computador de escritorio y/o sus periféricos (mouse, audífonos, cámara, teclado, scanner y similares), de uso doméstico.
  • Telescopio.
  • Aparato de proyección y/o pantalla de uso doméstico
  • Dron, cuyo valor no supere los $ 1.000”.