La ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, anunció planes trascendentales para la jubilación patronal en Ecuador. Ella presentará una propuesta de reforma al sistema de jubilación patronal vigente, a finales de abril. La funcionaria enfatizó que buscará el diálogo con los diversos bloques legislativos. El objetivo es incorporar sus valiosos aportes a la iniciativa.
Este proyecto, meticulosamente elaborado por la cartera de Estado, busca transformar el panorama actual. La propuesta central radica en la creación de un fondo. Trabajadores y empleadores realizarán contribuciones periódicas a este fondo. Este dinero se gestionará a través de un fideicomiso independiente.
Nuevo fondo y portabilidad de beneficios
Un aspecto revolucionario del proyecto de reforma al sistema de jubilación patronal es la portabilidad de los fondos. Ivonne Núñez explicó que si un trabajador cambia de empleo, su fondo acumulado lo acompañará. Este mecanismo está detalladamente estipulado en la reforma. “Si el trabajador se traslada a otra empresa, el trabajador se lleva su fondo, y eso está debidamente planteado en la reforma que nosotros, como Ministerio del Trabajo, de la mano con los bloques legislativos, le vamos a presentar al seno legislativo”, expresó.
La titular de la cartera laboral subrayó el propósito fundamental del fideicomiso. Su meta principal es garantizar la sostenibilidad económica de la jubilación patronal. Esto se aplicará al momento de la finalización de la relación laboral. Este escenario se presenta tras 25 años de servicio o incluso después.
Fin a las estrategias para evadir pagos
La ministra del Trabajo reconoció una problemática persistente en el ámbito laboral. Los trabajadores a menudo son despedidos antes de cumplir los 20 años. Esta práctica se realiza para evitar el desembolso de la jubilación patronal. La reforma busca erradicar estas estrategias que perjudican a los empleados.
La ministra destacó un logro significativo en la gestación de esta reforma. Se alcanzó un consenso crucial en el seno del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS). Este consejo reúne a representantes de organizaciones de trabajadores y gremios empresariales del país. “En el Consejo Nacional finalmente nos pusimos de acuerdo (en) que sí era necesario presentar esta reforma”, acotó.
Para conocer sobre la jubilación patronal
Es importante diferenciar la jubilación patronal de la que otorga el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). La jubilación patronal tiene su origen en el Código del Trabajo de 1938. Su creación respondió a la necesidad de amparar a trabajadores. En aquel entonces, ellos no tenían acceso a la jubilación estatal por vejez.
La jubilación a cargo de los empleadores se encuentra estipulada en el artículo 216 del Código del Trabajo. Este artículo establece claramente los derechos de los trabajadores. Aquellos que hayan prestado sus servicios durante 25 años o más, de forma continua o discontinua, tienen derecho a ser jubilados por sus empleadores.
Marco legal de la jubilación patronal
Existen reglas específicas que rigen este tipo de jubilación. En ningún caso, la pensión mensual de jubilación patronal puede exceder la remuneración básica unificada media del último año. Tampoco puede ser inferior a $30 mensuales si el trabajador solo tiene derecho a esta jubilación. Si es beneficiario de doble jubilación (incluyendo la del IESS), el mínimo es de $20 mensuales.
La normativa también protege al jubilado estableciendo un límite inferior para su pensión. El jubilado no puede percibir menos del 50% del sueldo. Este porcentaje se calcula sobre el salario básico o remuneración básica mínima unificada sectorial. Se multiplica por los años de servicio desempeñados en la empresa.
Por otro lado, el artículo 188 del Código del Trabajo aborda la indemnización por despido intempestivo. En el caso de trabajadores con una trayectoria laboral de 20 años o más, pero menos de 25, de manera continua o interrumpida, se establece un derecho adicional. Ellos recibirán la parte proporcional de la jubilación patronal.