Los menores de edad que cometen delitos graves, como asesinatos, secuestros y extorsión, tienen que considerarse sujetos imputables. Es decir, que se les pueda juzgar por tales hechos.
Se considera inimputable a una persona por desconocer o no ser capaz de comprender la legalidad de un hecho punible.
La legislación ecuatoriana estipula que los adolescentes mayores de 16 años no son considerados penalmente imputables. Eso significa que, aunque hayan cometido algún delito, estos menores no puede juzgárselos con las leyes penales.
Cada vez se ve con mayor frecuencia a menores de edad acusados de delitos graves.
«Los menores que incurran en delitos deberían responder por ellos”.
Las bandas delictivas reclutan a adolescentes para inducirlos en sus actividades criminales. Esto, considerando que las leyes no permiten la imputación de delitos, por lo cual es probable que salgan en libertad casi enseguida, aumentando la impunidad.
Hay que darle un cambio radical a esta norma. Por una parte, se tiene que considerar que los menores de edad que delinquen respondan por sus acciones.
Y, por otra, es necesario endurecer las penas para quienes recluten a niños y adolescentes para encaminarlos hacia la delincuencia. Además, el Estado debe dirigir esfuerzos para atender a la población menor de 18 años, con programas sociales que promuevan su inclusión.
Editorial de El Diario: Publicado el 22 de octubre del 2024 en nuestra edición impresa.