El Pleno de la Asamblea Nacional no ratificó el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes Orgánicas para Asegurar la Asignación Directa y Oportuna de Recursos de los Ingresos Permanentes y No Permanentes a los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
La decisión ocurrió hoy, 17 de julio de 2025, en Quito, tras ser objetado totalmente por el Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, el pasado 5 de junio de 2024, debido a contradicciones con el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.
Votación y argumentos clave
La moción de ratificación, presentada por la presidenta de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Lucía Pozo, obtuvo 67 votos afirmativos, 68 negativos y 3 abstenciones. La propuesta, por tanto, no fue aprobada. Pozo argumentó que el contenido del proyecto contradice el artículo 118 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Este establece la liquidación cuatrimestral para los ajustes correspondientes. Por ello, su aplicación resultaba inviable.
Posiciones en el debate legislativo
El legislador Alfredo Serrano defendió la autonomía de los recursos. Sostuvo que los fondos pertenecen a los gobiernos seccionales. “Esa plata no le pertenece al Gobierno Nacional de turno”, afirmó. Serrano recordó que el artículo 271 de la Constitución dicta que las asignaciones deben ser “predecibles, directas, oportunas y automáticas”. Este principio busca asegurar una gestión eficiente de los recursos para los gobiernos locales.
Detalles del proyecto no ratificado
El proyecto de ley buscaba que el Banco Central del Ecuador creara subcuentas especiales para el manejo de los depósitos de los gobiernos autónomos descentralizados. Se planteaba la obligación de transferir automáticamente a dichas subcuentas los montos correspondientes. Esto sería dentro de los cinco primeros días de cada mes.
La propuesta pretendía reformar varias leyes. Estas incluyen el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el Código Orgánico Monetario y Financiero, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, y la Ley de Régimen Tributario Interno.