En noviembre de 1999, el Dr. Luis Hidalgo López, hombre con conocimientos jurídicos, publicó la obra “La telaraña legal”.
Hoy vivimos una montaña de confusión en la administración de justicia, que comienza con el desorden y fomenta la corrupción.
Hay leyes orgánicas, leyes ordinarias, reglamentos, ordenanzas municipales, acuerdos ministeriales que confunden, unos de buena fe y a otros por intereses inconfesables.
Se destapó la olla que demuestra que dinero sucio protege conductas vituperables. En Manabí, algunos operadores de justicia, fiscales y jueces están imbricados, “donan justicia” por estímulos sucios.
En Guayaquil, una persona que guardaba prisión por varios delitos sale de la cárcel con vestido militar.
El presidente constitucional de la República, Daniel Noboa Azín, al conocer la fuga del que estaba en la cárcel, se asombra y con razón afirma: hay traición de los funcionarios que trabajan custodiando a los presos. Debido a esto, ordenó que aprehendieran en flagrancia a todos los que pudieran estar involucrados en esta fuga hasta que la Fiscalía determinara responsabilidades, por lo cual se detuvo a militares, guías penitenciarios y hasta a un interno de la misma cárcel en que estaba el ahora prófugo.
Preguntó: ¿Los servicios de inteligencia del Estado cumplen sus obligaciones?
Es necesario realizar una investigación profunda para que los que administran justicia y administran bienes y servicios del Estado no fomenten la corrupción.
La ciudadanía y los administradores del Estado deben exigir que el Consejo Nacional de la Judicatura cumpla con el art. 181 No. 5 de la Constitución.
Las denuncias que se presenten ante el Consejo de la Judicatura tienen que ser investigadas; si esas denuncias no tienen fundamentos, hay que sancionar a los reclamantes. Pero si hay resoluciones judiciales que alarman cuando se leen esos pronunciamientos que se burlan de las tablas procesales y las leyes que invocan, hay que sancionar.
Los paños tibios no conducen a nada. A veces se informa: ya se sancionó al juez y se lo suspendió por 90 días sin sueldo, y con esos procedimientos los ciudadanos de clase media que tienen hambre de pan y sed de justicia se desconciertan, porque ellos siguen padeciendo las extorsiones y las vacunas que padecen.
Hay que aplicar los arcítulos 168 No. 4 y 172 de la Constitución.