La Fiscalía General del Estado anunció este miércoles 7 de mayo de 2025 que ha llamado a juicio a Paúl J. L. y Fabiola O. I., exfuncionarios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en Tulcán, por su presunta participación en el delito de concusión.
La investigación, iniciada el 20 de julio de 2018, revela que los acusados habrían exigido pagos a varias personas a cambio de mantener su vinculación laboral en la institución durante los años 2017 y 2018.
Delito de concusión
La decisión del Juez Especializado para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado se basó en 121 elementos de convicción presentados por la Fiscalía. Estos elementos incluyen informes emitidos por el propio IESS que evidencian presuntas irregularidades administrativas y financieras durante el periodo investigado.
La Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de la Fiscalía fue la encargada de llevar adelante las primeras indagaciones tras recibir denuncias sobre posibles actos de corrupción dentro de la institución pública en Tulcán.
Durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el fiscal a cargo del caso sustentó la acusación con pruebas contundentes. Entre ellas, se destacó una pericia contable que analizaría los movimientos financieros y la posible ruta del dinero supuestamente entregado a los exfuncionarios. Adicionalmente, se presentó un análisis de información bancaria que buscaría corroborar las transacciones irregulares y los pagos exigidos a los trabajadores del IESS. El juez consideró suficientes estos elementos de convicción y ordenó el llamamiento a juicio de los dos exdirectivos.
Medidas cautelares y próximos pasos
Al finalizar la diligencia judicial, el magistrado a cargo del caso ratificó las medidas cautelares impuestas previamente a Paúl J. L. y Fabiola O. I. Estas medidas incluyen la prohibición de salida del país y la obligación de realizar presentaciones periódicas ante la autoridad competente.
Además, se dispuso la retención de sus cuentas bancarias y la prohibición de enajenar bienes hasta por un monto equivalente a diez salarios básicos unificados. Las autoridades implementaron estas medidas para asegurar la presencia de los acusados durante el proceso judicial y garantizar una posible reparación económica en caso de que sean encontrados culpables.
El delito de concusión, por el cual se procesa a los exfuncionarios del IESS, se encuentra tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La normativa impone una pena privativa de libertad de entre tres y siete años a quienes, al abusar de su cargo o función pública, exigen o hacen pagar contribuciones, derechos, aranceles, comisiones o dádivas no establecidos legalmente.El proceso judicial continuará con la etapa de juicio, donde se presentarán las pruebas de cargo y descargo, y finalmente se dictará una sentencia.