Actualizado hace: 931 días 6 horas 19 minutos
POR LIBAR EN LA VÍA PÚBLICA
Multas y cárcel para infractores

Luego de que varias personas mostraron su inconformidad tras ser detenidos bajo el cargo de libar en la vía pública y pagar entre 40 y 50 dólares para recuperar su libertad, el comisario de Policía, Carlos Bowen, explicó que los 86 detenidos, durante el feriado del primero de mayo, incurrieron en una contravención de tercera clase.

Viernes 09 Mayo 2008 | 22:51

El artículo 606, No. 12, del Código de Procedimiento Penal, señala que los que permanecieren mucho tiempo y sin objeto alguno plausible parados en las esquinas de las calles u otros lugares no destinados al recreo de los habitantes, es decir, libar en la vía pública, serán reprimidos con una multa de siete a catorce dólares y con prisión de dos a cuatro días. El No. 8, sanciona a los culpables de pendencias o algazaras nocturnas. Negó que se esté cobrando valores adicionales. Mencionó que el dinero de las multas va a una cuenta especial del banco Pichincha, perteneciente a la Dirección Nacional de Rehabilitación Social. Es decir, que en los cuatro días de feriado con 86 detenidos por esta contravención, el DNR recibió 1.204 dólares. Bowen también mencionó que la Intendencia abre un expediente a cada infractor mencionado en el parte policial. Otras contravenciones arts. 604 al 607 Primera clase: Multa de 2 a 4 dólares. Segunda: De 4 a 7 dólares y un día de prisión. Cuarta: De 14 a 28 dólares y prisión de cinco a siete días.
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