Actualizado hace: 936 días 18 horas 33 minutos
Negado Recurso de Amparo a la empresa Porta

Hoy, el abogado Félix Herrera Vergara, Juez Cuarto de lo Civil (Suplente) del Guayas, declaró improcedente y negó el Recurso de Amparo Constitucional planteado por PORTA, contra la Superintendencia de Telecomunicaciones. determinó que “Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara improcedente y se niega el Recurso de Amparo Constitucional planteado por el señor Abogado Eduardo Carmigniani Valencia, en su calidad de Procurador Judicial del Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones S.A. – CONECEL”.

Martes 30 Octubre 2007 | 22:10

Frente a la denuncia de Amparo presentada por la empresa PORTA, y luego de los alegatos expuestos por los abogados la Superintendencia de Telecomunicaciones, de la Procuraduría General del Estado y de PORTA, el Juez Cuarto de lo Civil (Suplente) del Guayas, Este dictamen demuestra que la Superintendencia de Telecomunicaciones sancionó a la empresa siguiendo el debido proceso y actuó apegada a derecho. La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUPTEL) sobre la base legal existente y siguiendo el debido proceso emitió la Resolución No. ST-2007-0111, de 8 de octubre de 2007, contra el Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones S.A. - CONECEL (PORTA), por fijar y difundir en su página web y en sus Call Centers tarifas que sobrepasaban el techo tarifario autorizado de 0.50 centavos más impuestos. Las sanciones que emite la Superintendencia por infracciones cometidas por las empresas operadoras y prestadoras de diversos servicios de telecomunicaciones son impuestas para proteger los derechos de los usuarios; precautelar el bien común; garantizar el cumplimiento y el respeto a las leyes y las condiciones establecidas en sus contratos de concesión; y, para mejorar la calidad del servicio.
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