El derecho a la resistencia, contemplado en la Constitución, tiene límites y no le concede a ningún ciudadano la potestad de vulnerar los derechos de otras personas. La norma constitucional establece que los individuos y organizaciones pueden ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de personas que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales.