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Derechos sociales y culturales
Derechos sociales y culturales
Por: Jorge Luis Bowen Loor
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Jueves 13 Junio 2019 | 04:00

Desde la antigua Grecia, el Imperio romano y otras civilizaciones ya habían introducido figuras legales con respecto a los derechos sociales que se remontan a la Revolución Francesa, ante la emergente figura del ciudadano asignándole derechos y obligaciones. Por lo cual, las constituciones que se redactaron a finales del siglo XVIII y principios del XIX incluyen algunos de los derechos sociales básicos.

El reconocimiento jurídico de los derechos humanos comienza después de la Segunda Guerra Mundial, cuando la Carta de las Naciones Unidas de 1945 reconoce el principio de una protección y de una promoción internacional de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y cuando se aprueba la Declaración Universal de derechos humanos el 10 de diciembre de 1948, a la que siguen dos pactos internacionales: el Pacto Internacional de derechos civiles y políticos y el Pacto Internacional de derechos económicos sociales y culturales de 1966.
En Europa, en el seno del Consejo de Europa, se firma en Roma en 1950 el Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, equivalente al Pacto de derechos civiles y políticos de la ONU, y posteriormente se suscribe en Turín en 1961 la Carta Social Europea, que corresponde al Pacto de derechos económicos, sociales y culturales de las Naciones Unidas.
En España, el inicio de un Estado social de derecho se produce con la proclamación de la Segunda República el 14 de abril de 1931, con la consagración constitucional de los derechos sociales, los cuales conceden derechos de ciudadanía a la clase trabajadora, incluyendo un proyecto de justicia social, que posteriormente se constituye en base a la Constitución de 1978 en un Estado social y democrático de derecho, y reconoce a sus ciudadanos derechos fundamentales civiles, políticos y sociales. 
Para un mejor entendimiento, el Estado de derecho es la forma que por medio de un marco jurídico ejecuta un conjunto de reglamentos para garantizar el principio de legalidad y los derechos sociales de todos los ciudadanos, que más tarde dieron origen a lo que se llamó Estado Social, con los siguientes derechos: Derecho a un empleo y a un salario justo. Derecho a la protección social (seguridad social, bajas laborales, desempleo, jubilación, maternidad, etc.). Derecho a la vivienda. Derecho a la educación gratuita y de calidad. Derecho a la sanidad. Derecho a un entorno saludable, acceso a la cultura y a todos los ámbitos de la vida pública de la comunidad. Derecho a la alimentación y a la soberanía alimentaria. 
Con todos esos derechos, la pobreza crece, existe y se fomenta en los países ricos y desarrollados de Europa, siendo el Cuarto Mundo un submundo de miseria y marginación formado por jóvenes y mujeres desempleados, parados de larga duración, profesionales en paro, pensionistas con pensiones míseras, gente sin hogar y sin ingresos, inmigrantes sin trabajo, drogadictos, enfermos discapacitados y otros marginados. Estos son los nuevos pobres de los países desarrollados con “Derechos Sociales y Culturales” que no se cumplirán en nuestra existencia.
 
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