Actualizado hace: 937 días 7 horas 31 minutos
Cpccs y poder ciudadano
Cpccs y poder ciudadano
Por: Freddy F. Cornejo Farías

Miércoles 17 Abril 2019 | 04:00

Hostigados de la Teoría Clásica acaecida de los mal llamados tres poderes del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y, la humillante herencia de sus nefastos actos que por más de diez años nos subsumieron en vergonzosa desestabilización política e intolerable corrupción que subsumió al pueblo ecuatoriano en total descontento desconfianza y rechazo a rabiar, a todo lo que oliera a “diputado” u “honorable Congreso Nacional”, incluidos los tradicionales partidos políticos de izquierda, centro o derecha.

Por ese desencanto y baja autoestima en que cayó la población, decidimos participar en la elaboración de una nueva Constitución y construcción de un nuevo Estado (Del Estado social, al Estado constitucional de derechos donde el pueblo es el fundamento de la autoridad Art. 1 C.R.), donde las personas pudiéramos tener participación activa en la planificación gestión y toma de decisiones de la cosa pública (Art. 95 C.R.). 
Desde la ciudad que vio nacer al más grande de los ecuatorianos y no más en recintos militares, decidimos cambiar la arcaica y tradicional división de poderes por la noción moderna de funciones del Estado, donde se debe entender que el poder es uno solo y lo ejerce el pueblo a través de los mecanismos de soberanía depositados en los órganos del poder público y las formas de participación directa. 
Por este hecho histórico de la participación ciudadana, se determinó las Funciones Legislativa, Ejecutiva, Judicial, de Transparencia y Control Social, y Electoral; cada una con roles diferentes pero interactuantes en un solo sistema enfocado al régimen de desarrollo y cuyo fin era y debe seguir siendo la realización del buen vivir. 
Desde la concepción expuesta, estamos obligados a defender lo ya conseguido; no volvamos a permitir se continúe feriando y festinando los puestos de los estamentos del Estado desde una desacreditada Asamblea Nacional que ni siquiera da fiel cumplimiento a su rol de legislar y fiscalizar. Peor aún, el pueblo en su rol protagónico y de poder no debe permitir que un ciudadano presumiblemente movido por mezquinos intereses o de beneficio personal o de grupos pretenda deslegitimar nuestra voluntad depositada en las urnas de manera cívica y democrática.
El CPCCS debe ser defendido por todos nosotros a efectos de que se respete la Constitución del 2008 y no se quebrante su estructura normativa por los sueños de perro de unos cuantos. 
Como mandantes y primer fiscalizador del poder público (Art. 204 C.R.), es nuestro derecho a seguir ejerciendo la Participación Ciudadana de manera activa y protagónica; y, que sea la Función de Transparencia a través del CPCCS, quien combata los actos de corrupción y establezca mecanismos de control social en todos los asuntos de interés público. 
Que no pretendan las demás funciones e instituciones, opacar o disminuir las atribuciones del electo CPCCS, a efectos que no se los obligue a la rendición de cuentas bajo el ejercicio de las  veedurías ciudadanas y el control social.
 
  • ¿Qué te pareció la noticia?
  • Buena
  • Regular
  • Mala

Recomendadas para ti:

Más noticias