Actualizado hace: 936 días 8 horas 59 minutos
Se debe ejercer con más frecuencia la acción de repetición
Se debe ejercer con más frecuencia la acción de repetición
Por: EDITORIAL EL DIARIO

Miércoles 12 Septiembre 2018 | 04:00

El Estado, en cualquiera de sus instancias gubermanentales, tiene en el recurso de repetición un mecanismo para que los fondos públicos no se destinen al pago de errores por negligencia o mala fe.

En la última semana, tras conocerse un fallo que favorece a la multinacional Chevron y que condenaría al Estado ecuatoriano a pagar una indemnización cuyo monto aún no se ha determinado, la Procuraduría General del Estado anunció que se planteará el derecho de repetición contra los funcionarios cuyas actuaciones llevaron a que el país recibiera esa sentencia.
Se trata de un mecanismo mediante el cual el Estado recupera los fondos que se le obliga a pagar por hechos que son responsabilidad de terceros.
La Constitución determina que el Estado debe ejercer de forma inmediata el derecho de repetición en contra de las personas responsables del daño producido, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas.
Es fácil de entender que si se sentencia al Estado ecuatoriano a pagar una elevada suma en indemnizaciones por determinada acción u omisión de un funcionario, mermarán los fondos públicos y quienes sufrirán las consecuencias serán los ciudadanos porque se disminuirá la calidad de la atención en servicios públicos, se aumentarán impuestos para financiar el monto perdido, entre otras afectaciones. Lo lógico es que sean los responsables de ese fallo, de haberlos, quienes cubran el costo.
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