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Cartas de los lectores
Cartas de los lectores
Por: René de la Torre

Jueves 18 Enero 2018 | 04:00

Con mucha atención me he informado de la comunicación que el Ab. Edison Cevallos, abogado litigante que honra el foro del país, ha enviado a varios abogados en libre ejercicio, en la cual comenta algunas falencias en la aplicación del Cogep

. En ella sostiene “el divorcio permanente entre la realidad judicial y la enseñanza en nuestras facultades de derecho, que se han acentuado fuertemente debido a la imposibilidad práctica y aplicar la teoría de la argumentación en los procesos regulados por la oralidad”.

Las normas del Cogep que implantan el sistema oral busca impedir el largo trámite que acontecía con la normas del Código de Procedimiento Civil.
Lo cierto es que el sistema oral por sí solo no logrará que en realidad la Justicia sea un “servicio público gratuito”.
Para que en realidad las leyes se apliquen con verticalidad y se respeten las normas del debido proceso se necesita eficientes operadores de Justicia, Jueces, Fiscales, Notarios, y Abogados en libre ejercicio que defiendan la Verdad Procesal y las Leyes que se invocan.
Como abogado litigante por varios años puedo dar fe que con las normas anteriores se dictaron sentencias escalofriantes. Allá por el año 1960 leí una sentencia dictada por Jueces de segundo nivel, en que se relató que una señora se había suicidado con 4 tiros de carabina, que había inclinado el arma y disparó con el pie derecho.
Y después hace poco con las mismas normas de códigos anteriores también he leído sentencias que no honran la Administración de Justicia.
Quiero felicitar al Ab. Edison Cevallos por la preocupación que tiene para que la Justicia Oral sea un avance en la Correcta Administración de Justicia.
Yo le sugiero al Ab. Edison Cevallos y a todos los abogados que luchamos para que en verdad la Justicia sea un Servicio Público y Gratuito, que examinen juicios concretos para que vean que con el código anterior y con el código actual que propugna la justicia oral, se siguen cometiendo injusticias que claman al cielo, y que conspiran contra la paz de la comunidad ecuatoriana. Por ello desearía que los profesores de las facultades de Derecho, sus estudiantes, examinen los procesos cuya numeración paso a indicar:
Juicio N. 273 - 2010, juicio N. 13332 - 2013 - 0791 que se tramitó en la Unidad Judicial Civil de Chone.
Juicio N. 13951 - 2014 - 0936 que se siguió ante el Juez Primero de lo Civil de Manabí en la Unidad Judicial de FMNA, sede Portoviejo.
Juicio N. 13337 - 2016 - 00826 Unidad Judicial Civil de Manta. 
Juicio N. 13337 - 2016 - 00879, Unidad Judicial Civil de Manta.
Juicio N. 13337 - 2017 - 00369, Unidad Judicial Civil de Manta, juicio que se sigue con las normas del COGEP.
Me permito anotar que para comprobar las graves falencias que se cometen en los juicios que con frecuencia colindan con infracciones penales, no solo se deben analizar las normas jurídicas sino analizar los procesos en los cuales no se respetan las tablas procesales y se invocan las leyes para abofetear la Justicia. Hay que estudiar casos concretos para que se compruebe si en verdad la proclama del Consejo de la Judicatura que repite y repite “HACEMOS DE LA JUSTICIA PRÁCTICA DIARIA” se cumple o no, o es un simple slogan.
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