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Aduana
Televisores de 32 pulgadas y drones podrán ingresar al país como objetos personales

Miércoles 24 Mayo 2017 | 20:43

Drones y televisores de hasta 32 pulgadas podrán ingresar al país sin pagar impuestos por ser considerados "efectos personales", según una resolución difundida este miércoles 24 de mayo de 2017 por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae)

A través de un comunicado, la Senae también difundió un listado de efectos personales que han sufrido las nuevas variaciones, que “se ajustan a los avances tecnológicos y necesidades que los pasajeros mantienen en la actualidad”, informó diario El Comercio.

El comunicado señala que se permitirá el ingreso como efectos personales hasta una unidad, sea nueva o usada, de los siguientes artículos:

- Televisor hasta de 32”;

- Monitor de computadora hasta de 24”;

- Computador de escritorio y/o sus periféricos (mouse, audífonos, cámara, teclado, scanner y similares), de uso doméstico;

-Impresora de escritorio, de uso doméstico, cuyo valor no supere los US $ 300,00;

- Prismáticos;

- Telescopio;

- Aparato de proyección y/o pantalla de uso doméstico; y

- Teléfono o fax;

- Dron, cuyo valor no supere los USD 500.

Además se considerarán como efectos personales del pasajero o del grupo familiar, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales, los siguientes artículos, sean estos nuevos o usados:

- Prendas de vestir;

- Artículos de tocador;

-Elementos de aseo personal;

- Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar;

- Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos;

- Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío;

- Alimentos y artículos para niños;

- Los instrumentos, equipos y herramientas portátiles, propios de la profesión u oficio del pasajero, sean estos nuevos o usados e indistintamente del motivo del viaje, siempre que se justifique fehacientemente dicha actividad laboral mediante el carné profesional, contrato de trabajo en el país u otro documento público o privado, siempre que hayan sido emitidos previo a que el pasajero se someta al control aduanero;

- Máximo 1 herramienta portátil de uso doméstico, en el caso de que no sea propia de la profesión u oficio del pasajero;

- Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos, de uso deportivo u otros;

- Medicamentos, vitaminas y suplementos alimenticios. Para el caso de medicamentos deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica nacional o extranjera. Para el caso de suplementos alimenticios, máximo 4 Kg., entre otros, añade El Comercio. 

 
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