Actualizado hace: 931 días 6 horas 31 minutos
Justicia
Corte modifica el apremio por pensiones

La Corte Constitucional (CC) resolvió declarar la inconstitucionalidad de la figura de apremio.

Martes 23 Mayo 2017 | 04:00

Se trata de la sanción de prisión ante el incumplimiento de la pensión alimenticia.

El pasado viernes el presidente de la CC, Alfredo Ruiz, ratificó la sentencia que el pleno del organismo había aprobado el pasado 10 de mayo y que responde a tres demandas planteadas con anterioridad.
El dictamen declara inconstitucional el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos, sobre el “apremio personal en materia de alimentos” y lo reemplaza por un nuevo texto que deberá regir –establece el documento– “hasta que la Asamblea Nacional regule el asunto de manera definitiva”.
La nueva regulación del artículo 137 contempla la convocatoria a una audiencia, antes de disponer una sanción a quien ha incumplido el pago de “dos o más pensiones alimenticias, sean o no sucesivas”.
Este es un beneficio económico que un juez determina para niños y adolescentes de padres separados, por petición de una de las partes.
El artículo 137 que fue reescrito señala que un juez deberá determinar en la audiencia “las medidas de apremio aplicables de acuerdo a las circunstancias del alimentante”.
Y se describen algunos escenarios. Por ejemplo, si el progenitor no demuestra “de manera justificada” su incapacidad de pago por falta de empleo o por padecer una discapacidad o enfermedad catastrófica, el juez dispondrá “el apremio total hasta por treinta días”, entre otras medidas.
En cambio, si el alimentante sí lo demuestra, el juez establecerá un compromiso de pago para que cancele la deuda. Si incumple tal acuerdo se dispondrá un “apremio parcial”.
Este, según el texto reformulado, consistirá en la privación de la libertad entre las 22h00 de un día hasta las 06h00 del día siguiente, durante treinta días.
La modificación del artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos consta en el punto 6 de la sentencia de la CC, de un total de diez.
El fallo responde a tres demandas que fueron planteadas, en su orden, en mayo del 2010, junio del 2010 y agosto del 2016, y que luego fueron acumuladas en una causa.
CAL. El Consejo de Administración Legislativa (CAL) tramitará hoy el pedido de reformas al Código de la Niñez y Adolescencia sobre las pensiones alimenticias y coparentalidad.
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