Felícito T. (65), esposo de la señora, manifestó que el sábado en horas de la noche llegaron elementos policiales, quienes allanaron su vivienda y detuvieron a su cónyuge. Aseguró que la deuda por la alimentación de sus tres nietos es de aproximadamente 1.200 dólares.
El hombre explicó que su hijo (el padre de los menores de edad) falleció hace seis años en un accidente de tránsito. Después del suceso trágico, la madre de los niños se quedó con ellos un tiempo, pero luego se los entregó, aduciendo que no podía mantenerlos, dijo.
Además comentó que siete meses después la demandante se llevó a uno de los niños sin avisar y a los otros dos los sacó de la institución donde estudiaban.
ARRESTO EN CASA. La demandada, quien lleva tres órdenes de apremio por la misma causa, fue trasladada a los calabozos policiales de El Carmen, pero debido a que sufrió un quebrantamiento en su salud, fue llevada al hospital de la ciudad y las autoridades determinaron un arresto domiciliario por 72 horas para su recuperación, señaló el esposo.
Luis Cuenca, abogado de la mujer detenida, manifestó que la norma que disponía el arresto de los obligados subsidiarios (abuelos, tíos, hermanos) fue derogada por el Código Orgánico General de Procesos; pero en Manabí aún no entra en vigencia tras el terremoto del 16 de abril.
La Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el Terremoto del 16 de abril del 2016, vigente desde mayo de este año, establece en la transitoria novena que “se prorroga de manera excepcional la entrada en vigencia de la Disposición Final Segunda del Código Orgánico General de Procesos en la provincia de Manabí” y otorga seis meses para que se habiliten los servicios judiciales que permitan su aplicación.
“Por ahora lo que estamos pidiendo es que la señora cumpla su pena con arresto domiciliario, en caso que no pague”, manifestó Luis Cuenca.
La demandante, Jhoana N., prefirió no pronunciarse sobre el caso.
CRITERIO. El abogado Edison Cevallos, consultado por El Diario, se mostró contrario a la decisión del juez y dijo que el magistrado debió aplicar el principio de la analogía para evitar que haya desigualdad.
Explicó que, si bien la norma no está vigente en Manabí, el país es uno solo y la ley debió aplicarse en beneficio de una persona vulnerable.