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LEY SOLIDARIA.
En turismo no Se pagará el ir Hasta 10 años

La Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana otorga incentivos al sector turístico en las provincias afectadas por el terremoto.

Lunes 23 Mayo 2016 | 04:00

Uno de ellos es la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) para nuevas inversiones productivas.
“Las nuevas inversiones productivas que se ejecuten dentro de los siguientes tres años, desde la entrada en vigencia de esta ley, estarán exoneradas del pago del IR por cinco años. En el caso del sector turístico,  el Comité de Política Tributaria podrá extender este incentivo hasta por diez años”, destaca la ley, que entra en vigencia este 1 de junio.
También resalta que “los créditos otorgados en las  zonas afectadas desde el 16 de abril del 2016 hasta el 31 de diciembre del 2017 estarán exentos del Impuesto a la Renta”, se indica.
Mauricio Herrera, secretario de la Asociación de Hoteleros de Canoa, indicó que esperan adquirir préstamos a bajos intereses “para la rehabilitación de los hoteles y la construcción de unos nuevos”.
En Pedernales se afectaron 62 hoteles, en la zona central de Portoviejo tuvieron daños estructurales hoteles como Emperador, Cabrera, Mr. Jhon, Hotel Royal, Hotel Quito, Hotel Chimborazo, Hotel YamYam, Gran Hotel Centro, Estefy Texas Home, Ejecutivo, Ceibo Dorado y El Gato.
En Manta colapsaron los hoteles Lun Fu, Vista Alegre, Umiña y Panorama, y en Bahía de Caráquez el Hotel Herradura y el Buen Vista Place. 
Según la ley, “Las personas domiciliadas en las zonas afectadas por el terremoto que hayan visto directamente perjudicada su economía por el desastre natural podrán realizar -libre de aranceles aduaneros- importaciones de bienes de capital no producidos en Ecuador, siempre que se destinen a procesos productivos turísticos o a la prestación de este tipo de servicios dentro de las zonas afectadas”, añade.
Además a los prestadores de servicios turísticos domiciliados en las zonas afectadas se les devolverá el 100% de intereses, multas y recargos derivados de toda obligación tributaria y fiscal vencida a la fecha de vigencia de esta ley, hayan pagado o no, la totalidad del capital.

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