Si la Corporación Nacional de Electricidad (Cnel) no reubica los cables aéreos en las calles y avenidas donde están construidos los ductos de soterramiento, se le aplicará la multa de hasta 100 salarios básicos unificados que contempla la ordenanza que regula la utilización del espacio público y el espacio aéreo municipal, suelo y subsuelo, y la colocación de estructuras, postes y tendidos de redes.