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Jaime Vernaza Trujillo
Devaluación del matrimonio

Según el Código Civil, (81), el matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y asistirse mutuamente., código que homologa a éste contrato y sus consecuencias jurídicas la unión de hecho (222); esto es, la unión estable y monogámica de un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho de más de dos años, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente, unión que da origen a una sociedad de bienes.

Miércoles 27 Mayo 2015 | 04:00

En el primer caso (aún sin saberlo) las obligaciones y derechos que se originan del matrimonio son aceptadas voluntariamente por los contrayentes.En el segundo, las obligaciones las impone la ley, estén o no de acuerdo los que viven en unión de hecho.
En los dos casos, un requisito es que tenga como finalidad procrear, que termina en la formación de una familia, familia que según la Constitución (67) se reconoce en sus diversos tipos.
Con las excepciones de rigor, la mayoría de las parejas contraen matrimonio civil por dos razones, ninguna de ellas por protegerse el uno del otro en el aspecto económico. Lo hacen porque la costumbre social no acepta que vivan juntos sin estar casados. Más que una legalidad protectora, es una forma de respeto al grupo social al que pertenecen. La segunda razón, los sacerdotes no casan sin primero recibir la certificación del dogal civil. He preguntado a decenas de parejas  si  su matrimonio eclesiástico fue convicción religiosa o un acto social protocolario. La respuesta: la religión, aún presente, no fue lo fundamental, fue un tema social, necesario para sentirse casado mediante una ceremonia ineludible para tal efecto. Lo que los unió fue el amor, no la protección legal que les daba el contrato matrimonial ni los compromisos que adquirían mediante la alianza religiosa, ambos, si alguno, de escaso conocimiento de los cónyuges. 
Los homosexuales quieren aceptación social mediante el matrimonio. Si es por la protección que dan las leyes a los contrayentes, la sociedad de bienes las pueden tener adquiriendo a nombre de ambos sus propiedades, sin necesidad de estar casados. No es la defensa económica de su relación lo que persiguen, quieren , a través del matrimonio obligar a la sociedad a aceptar esa clase de vínculo. El amor no exige matrimonio como intrínseca condición para su existencia. Y eso va para toda clase de uniones.
Lo triste es que cada vez que avanzan en su intención, lo que logran, paradójicamente, es la devaluación de la institución de la que aspiran formar parte. Vendrá la costumbre de que los hombres y mujeres, para diferenciarse, no contraerán matrimonio civil. Las disposiciones del código civil sobre las uniones de hecho los protegerán, y a sus vástagos los defenderá el código de la niñez y adolescencia que no diferencia entre los hijos dentro o fuera de matrimonio. 
Este análisis no debe considerarse como homofóbico como tampoco sería heterofóbico quien esté en desacuerdo, pero, si piensan que si lo es, créanme, me importa un carajo.
 
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