Con la inclusión de estos cabildos, la totalidad de los municipios podrá ejercer estas competencias en sus jurisdicciones.
En el año 2012 se transfirió la competencia de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) municipales y metropolitanos.
Con esta resolución se les otorgó a todos los municipios la facultad de planificar, regular y controlar el tránsito, transporte terrestre y seguridad vial en su territorio, además se determinó tres modelos de gestión: A, B y C.
Los municipios de modelo de gestión “A” tienen a su cargo los servicios de control operativo, revisión vehicular, matriculación y la emisión de títulos habilitantes; los que pertenecen al modelo de gestión “B” poseen las mismas facultades, exceptuando el control operativo; y los del modelo “C” están facultados para la emisión de títulos habilitantes.
Esta categorización se la realizó considerando las características de los cantones en función de las necesidades de productos y servicios.